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ACUERDO Nº 010 <strong>de</strong> 2003ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIALMUNICIPIO DEL CARMEN DE APICALA, TOLIMAModificado por el Acuerdo Nº 052 DE 2012“POR EL CUAL MODIFICA PARCIALMENTE EL ACUERDO 010 DEL 07 DE DICIEMBRE DE 2003, EN EL MARCODE LA REVISION ORDINARIA DE MEDIANO PLAZO DEL ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DELMUNICIPIO DE CARMEN DE APICALA Y SE ADOPTAN OTRAS DISPOSICIONES”1. Dinero en efectivo; estos recursos sólo se utilizarán en la inversión <strong>de</strong>l equipamiento oinfraestructura respectiva.2. Terrenos localizados en las áreas receptoras establecidas por el municipio a través <strong>de</strong><strong>Esquema</strong> <strong>de</strong> Or<strong>de</strong>namiento <strong>Territorial</strong>, planes parciales u operaciones urbanas; una vezelaborados los cálculos <strong>de</strong> equivalencia <strong>de</strong> los valores correspondientes.Articulo 95. Canje <strong>de</strong> cesiones para equipamientos e infraestructuras por su valor en dinero.Para aceptar el canje <strong>de</strong> cesiones para equipamientos e infraestructuras municipales por dinero enefectivo, se tendrán en cuenta los siguientes factores:1. El área a ce<strong>de</strong>r <strong>de</strong>berá tener una superficie menor a 500 m2.2. El proceso se <strong>de</strong>berá ajustar a lo establecido por la Ley 388/97.3. El Canje propuesto se <strong>de</strong>berá avalar por la Administración Municipal, por intermedio <strong>de</strong> laOficina <strong>de</strong> Planeación Municipal.Articulo 96. Canje <strong>de</strong> cesiones para equipamientos e infraestructuras por otros terrenos. Paraaceptar el canje <strong>de</strong> Cesiones para equipamientos e infraestructuras por terrenos localizados en lasáreas receptoras, se tendrán en cuenta los siguientes factores:• Que el sector don<strong>de</strong> se a<strong>de</strong>lante el proyecto, cuente con una infraestructura <strong>de</strong>equipamientos que cumplan con los requisitos mínimos que reglamentará la AdministraciónMunicipal, por intermedio <strong>de</strong> La Oficina <strong>de</strong> Planeación Municipal.• La Administración Municipal <strong>de</strong>berá avalar el cambio propuesto, por intermedio <strong>de</strong> la Oficina<strong>de</strong> Planeación MunicipalArticulo 97. Condiciones Mínimas para las Cesiones al Sistema <strong>de</strong> EquipamientosMunicipales. Se establecen las siguientes condiciones mínimas para las cesiones al sistema <strong>de</strong>equipamientos municipales:• Todo proyecto <strong>de</strong> <strong>de</strong>sarrollo urbanístico <strong>de</strong>berá diseñar y construir en su totalidad por elce<strong>de</strong>nte las zonas <strong>de</strong>stinadas a cesiones para equipamientos locales.• En los planos <strong>de</strong> aprobación, estas áreas estarán <strong>de</strong>marcadas, <strong>de</strong>limitadas y alin<strong>de</strong>radasclaramente y serán registradas en el cuadro <strong>de</strong> áreas <strong>de</strong>l proyecto.• Para el caso <strong>de</strong> los equipamientos <strong>de</strong>portivos y comunales, éstos se diseñarán <strong>de</strong> acuerdocon los requerimientos específicos <strong>de</strong> la zona y previa concertación con la AdministraciónMunicipal, por intermedio <strong>de</strong> la Oficina <strong>de</strong> Planeación Municipal.41

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