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COMITÉ DE CUMPLIMIENTO<br />

México indicó que su país contaba con una cobertura de observadores del 100% y que la aguja azul y la aguja<br />

blanca se capturaban de forma fortuita. Se proporcionó información completa sobre la captura.<br />

Tabla de tallas mínimas<br />

Japón pidió una aclaración sobre la utilización de n/a (no aplicable) para Túnez y Turquía aunque estas CPC<br />

habían comunicado capturas de atún rojo.<br />

Túnez informó de que sus capturas de atún rojo de talla inferior a la regulada se situaron en un 0% en la<br />

temporada de pesca de 2008, y que hubo una operación de pesca con un tolerancia del 8%.<br />

El Presidente agradeció la aclaración a Túnez, pero indicó que n/a no era una entrada apropiada para dicha tabla;<br />

si la cifra era cero, entonces debería indicarse 0%.<br />

Se adoptaron las Tablas de cumplimiento revisadas y se adjuntan como Apéndice 2 al ANEXO 10.<br />

5.6 Examen de los informes presentados de conformidad con la implementación de las Recs. 06-14 y 08-09<br />

De acuerdo con los procedimientos de la Rec. 06-14 se ha recibido un informe. Sudáfrica ha emprendido<br />

acciones contra un buque de Taipei Chino que tenía 1,6 t de aletas de tiburón a bordo. Taipei Chino confirmó<br />

que estaba solucionando la situación y que se van a emprender acciones adecuadas contra el buque.<br />

De acuerdo con los procedimientos de la Rec. 08-09 se ha recibido un informe. Dada la naturaleza de la<br />

información y su relación con otros temas que deben discutirse, el Presidente permitió la presentación del<br />

informe en la reunión antes de lo previsto para no volver sobre los temas de este punto del orden del día.<br />

Oceana, una organización no gubernamental, presentó un informe a la Reunión, “Información presentada por<br />

Oceana de conformidad con la Rec. 08-09”. Acogió con satisfacción lo nuevos procedimientos que ha adoptado<br />

ICCAT para ampliar el alcance de la información de que dispone el Comité de Cumplimiento y resaltó la<br />

importancia de este proceso. Expresó su deseo de destacar el estrecho margen de tiempo que se les había<br />

concedido para recopilar y presentar su informe, ya que no permitía recoger toda la información. El informe<br />

destacaba algunas posibles infracciones observadas en las pesquerías de ICCAT, en particular en la pesquería de<br />

atún rojo. Oceana facilitó los siguientes detalles:<br />

Buques de la CE/Túnez/Libia fueron observados el 16 de junio de 2008 operando al Sur de Malta después de la<br />

veda de la CE. El buque de la CE era italiano. Los buques libios no estaban incluidos en la lista de buques de<br />

ICCAT de 2008. Oceana manifestó su deseo de saber qué medidas se estaban adoptando para controlar estos<br />

buques e indicó que Libia retiró las licencias en octubre de 2009.<br />

Oceana informó sobre el desembarque de 2 t, por parte de pequeños palangreros, en un puerto no designado en<br />

Italia. Resaltó el hecho de que se estuvieran produciendo estos pequeños desembarques. Indicó que los medios<br />

italianos habían informado de 50 t de de atún rojo ilegal desembarcadas en la temporada de pesca.<br />

Asimismo, resaltó que en aguas italianas del Mediterráneo se estaban utilizando redes de enmalle a la deriva<br />

ilegales y también en Turquía. Los buques implicados eran inferiores a 12 metros y las características técnicas de<br />

las redes demostraban que eran de deriva. Precisó que la CE había facilitado una definición de redes de enmalle<br />

a la deriva en 2007 y afirmó que no debería haber más excepciones al respecto.<br />

Además, señaló una discrepancia en las cifras italianas enviadas a Japón. EuroStat muestra un cero en las<br />

exportaciones a Japón. Parece existir una diferencia sustancial en las cifras cuando se examinan las cifras de los<br />

documentos estadísticos. El periodo en cuestión es de noviembre a diciembre de 2008.<br />

La CE dio las gracias a Oceana por los esfuerzos realizados en su observación de las pesquerías y aseguró a<br />

todas las Partes que la CE se toma muy en serio todos los informes que recibe. Se han detectado infracciones y<br />

se ha sancionado a los buques. En el caso de supuestos desembarques ilegales por parte de barcos artesanales en<br />

2008, la CE señaló que el mismo día del informe de Oceana, 2 buques fueron capturados realizando<br />

desembarques ilegales en otro puerto. La CE afirmó que las redes de enmalle a la deriva están prohibidas en las<br />

pesquerías de los Estados miembros de la CE y que se han emprendido acciones serias para eliminar las redes de<br />

enmalle a la deriva en Italia, incluyendo prisión para los pescadores. El Tribunal de Justicia Europeo ha impuesto<br />

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