03.11.2014 Views

iccat.int

iccat.int

iccat.int

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

COMITÉ DE CUMPLIMIENTO<br />

discutirse más en profundidad en la reunión del año siguiente sobre medidas de seguimiento, control y vigilancia<br />

(SCV). El formulario de comunicación se adjunta a este informe en el ANEXO 7.2.<br />

- Cambio en los requisitos de la lista de buques de ICCAT<br />

Estados Unidos presentó los documentos “Proyecto de recomendación de ICCAT sobre el establecimiento de un<br />

registro de ICCAT de buques con una eslora total de 20 metros o superior con autorización para operar en la<br />

zona del Convenio” y el “Proyecto de recomendación de ICCAT para enmendar tres recomendaciones de<br />

conformidad con la recomendación de ICCAT de 2009 sobre el establecimiento de un registro de ICCAT de<br />

buques con una eslora total de 20 metros o superior con autorización para operar en la zona del Convenio”. El<br />

primer documento requiere que los buques con una eslora de 20 m y superior sean declarados y consignados en<br />

la lista ICCAT de buques autorizados, lo que supone un cambio respecto a los 24 m actuales. Si está enmienda es<br />

aceptada, sería necesario enmendar otras recomendaciones de ICCAT para que sean conformes a la nueva<br />

recomendación de 20 m. Estas enmiendas se presentaron en el segundo proyecto de Recomendación. Estados<br />

Unidos indicó que estas enmiendas no cambiarían la definición de ICCAT de gran buque pesquero.<br />

La CE se mostró de acuerdo con cambiar el requisito a 20 m para incluir a los buques en la lista, pero explicó<br />

que no debería producirse un cambio automático a todas las recomendaciones que afectan a los buques incluidos<br />

en la lista sin examinar primero las implicaciones de los cambios.<br />

El Presidente confirmó que este documento, tal y como se había propuesto, solo enmendaría los criterios de<br />

eslora para incluir a los buques en la lista de ICCAT. Otras medidas, que imponen requisitos a los buques<br />

incluidos en la lista, deberían ser abordadas en el futuro. Con esta aclaración, la Recomendación de ICCAT para<br />

enmendar tres recomendaciones de conformidad con la Recomendación de ICCAT de 2009 sobre el<br />

establecimiento de un registro de ICCAT de buques con una eslora total de 20 metros o superior con<br />

autorización para operar en la zona del Convenio fue adoptada por el Comité [ANEXO 5 [Rec. 09-09]].<br />

10 Adopción del informe y clausura<br />

El Presidente dio las gracias a los <strong>int</strong>érpretes, a la Secretaría de ICCAT y al relator por el trabajo realizado. El<br />

Presidente mencionó también el extraordinario esfuerzo de las Partes para mejorar el cumplimiento de las<br />

medidas de ICCAT y para reforzar la transparencia del proceso de cumplimiento.<br />

El informe del Comité de Cumplimiento fue adoptado por correspondencia.<br />

La reunión del Comité de Cumplimiento fue clausurada el domingo 15 de noviembre de 2009.<br />

307

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!