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A diez años del Proyecto Camisea<br />

Planta de licuefacción de gas<br />

natural Pampa Melchorita,<br />

departamento de Lima.<br />

C<br />

omo se ha visto en el capítulo 3, antes del inicio del<br />

Proyecto Camisea (2004) la industria de GN en el<br />

Perú era incipiente y solo comprendía las zonas de<br />

producción del noroeste (Piura) y la Selva Oriental<br />

(Ucayali). En dichas regiones se realizaban las etapas<br />

de exploración y explotación, de comercialización<br />

limitada en el caso de Piura y de consumo propio para la generación<br />

eléctrica en Ucayali. No existía, en ninguno de los dos casos, la<br />

intervención reguladora de precios por parte del Estado peruano.<br />

A partir de agosto de 2004, con el inicio de la operación comercial del<br />

Proyecto Camisea, un mayor número de sectores pudo disfrutar de los<br />

beneficios del GN en el Perú (residencial, comercial, vehicular, industrial<br />

y eléctrico). Para ello se hizo necesario desarrollar la infraestructura para<br />

las actividades de transporte y distribución de GN por red de ductos.<br />

Estas actividades tienen características de monopolio natural, como se<br />

discutió en el capítulo 1, por lo que se necesitó la intervención del Estado<br />

para regular las tarifas de los servicios de transporte y distribución. Esto<br />

demandó la promulgación de normas legales para regular y promover el<br />

desarrollo de la industria, ya que hasta 1999 solo se contaba con la Ley Nº<br />

26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, y sus reglamentos, que normaban<br />

todas las actividades relacionadas con los hidrocarburos en el país, pero<br />

no contenían disposiciones específicas para promover las inversiones en<br />

GN a gran escala ni normas precisas para el sector.<br />

En este sentido, en1999 se promulgó la Ley Nº 27133 (Ley de Promoción<br />

del Desarrollo de la Industria del Gas Natural) y su reglamento, que<br />

establecían las condiciones específicas para la promoción del desarrollo<br />

de la industria del GN en el país. Ese mismo año se promulgaron los<br />

reglamentos de transporte de hidrocarburos por ductos y distribución<br />

de GN por redes de ductos, que regirían las actividades realizadas en<br />

el Proyecto Camisea. Entre otras cosas, normaron los procedimientos<br />

para la fijación de tarifas de estas actividades, así como los aspectos<br />

técnicos y de seguridad 16 .<br />

Sobre la base del marco legal creado en los últimos 10 años, Osinergmin<br />

ha llevado a cabo los procesos de fijación de tarifas de la Red Principal<br />

de Camisea y distribución de GN por redes de ductos para la concesión<br />

de Lima y El Callao. Paralelamente, se originaba un cambio en el<br />

consumo energético del país debido al desplazamiento en el uso de<br />

combustibles, como los petróleos residuales y gasolinas por el GN.<br />

En años recientes, se han desarrollado diversos proyectos de<br />

expansión del consumo de GN al interior del país mediante<br />

ductos, tales como el caso de la concesión de distribución de Ica<br />

y el Gasoducto Sur Peruano. En otros casos, se han desarrollado<br />

proyectos de inserción, empleando las tecnologías de gas natural<br />

comprimido (GNC) y gas natural licuefactado (GNL) por medio de<br />

camiones diseñados para dicho fin (transporte virtual). Son los<br />

“La elección de un diseño de mercado<br />

verticalmente desintegrado para<br />

la industria del gas natural en<br />

nuestro país permitió establecer<br />

las condiciones necesarias para<br />

su desarrollo en competencia. Una<br />

industria verticalmente integrada<br />

habría debilitado los incentivos a la<br />

inversión y dado lugar a mayores<br />

posibilidades de abuso de su posición<br />

dominante. El desarrollo futuro de la<br />

industria de gas natural en nuestro<br />

país requiere de innovaciones y<br />

reformas en distintos ámbitos, sobre<br />

todo en el normativo”.<br />

José Ignacio Távara Martín, Ph.D.<br />

Miembro del Consejo Directivo de Osinergmin<br />

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