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A diez años del Proyecto Camisea<br />
Ilustración 10-2: Distribución de los ingresos fiscales generados por la explotación del gas natural de Camisea<br />
Gráfico 10-18: Regalías por GN y LGN, 2004-2013<br />
Fuente: MEF. Elaboración: OEE-Osinergmin.<br />
Fuente: Perupetro. Elaboración: OEE-Osinergmin.<br />
de marzo y abril del año siguiente al año que se declara 106 . Cada mes las<br />
compañías realizan pagos a cuenta, calculados en razón de sus ingresos.<br />
Al final del ejercicio fiscal hacen la regularización anual del IR a pagar por<br />
medio de la Declaración Jurada Anual.<br />
Es preciso mencionar que en los contratos de licencia se estableció<br />
que las empresas que forman el consorcio gozan del beneficio de<br />
Estabilidad del Régimen Tributario vigente a la fecha de la firma<br />
del contrato. En términos generales, los beneficios son: (i) tasa de<br />
30% sobre la base imponible (utilidades netas) y (ii) los repartos de<br />
dividendos y cualquier forma de distribución de beneficios que no está<br />
gravada.<br />
En el cuadro 10-2 se muestran los criterios de distribución establecidos por<br />
la Ley del Canon. Adicionalmente, para la asignación de los recursos del<br />
canon gasífero, se aplica un índice de distribución 109 . A partir de este punto,<br />
es posible identificar al canon gasífero como una importante herramienta<br />
de los gobiernos locales y regionales en el desarrollo de sus comunidades,<br />
debido a que su uso se ha destinado, exclusivamente, al financiamiento o<br />
cofinanciamiento de proyectos de inversión pública, orientados a brindar<br />
acceso universal a los servicios públicos y que generen beneficios a la<br />
sociedad 110 . Asimismo, los gobiernos regionales entregan 20% del total<br />
percibido por canon a las universidades públicas de su circunscripción.<br />
Este monto se destina solo a la inversión en investigaciones científicas y<br />
tecnológicas que potencien el desarrollo regional.<br />
Gráfico 10-19: Regalías por hidrocarburo, 2004 y 2013<br />
Canon gasífero y FOCAM<br />
El canon gasífero 107 tiene como objeto determinar los recursos naturales<br />
cuya explotación genera canon y regular su distribución, siempre a favor<br />
de los gobiernos regionales y gobiernos locales involucrados 108 . Los<br />
participantes del canon gasífero son: (i) los contribuyentes (compañías<br />
gasíferas en explotación), (ii) los recaudadores (Perupetro S.A., Sunat), (iii)<br />
los distribuidores (Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales-<br />
DGAES, PCM, Dirección General del Tesoro Público- DGTP) y (iv) los<br />
beneficiarios (gobiernos locales y regionales).<br />
En relación al total de las transferencias recibidas por los gobiernos locales,<br />
el gráfico 10-20 muestra que el canon gasífero ha ganado mayor relevancia<br />
en el tiempo. Así, mientras que en 2004 solo representaba 2% del total<br />
de transferencias recibidas, en 2013 representó 10%. En el ámbito de los<br />
gobiernos regionales, su relevancia oscila entre 5% y 17%, ubicándose a<br />
2013 en 17% del total de transferencias recibidas.<br />
Por otro lado, el FOCAM 111 se distingue del canon gasífero por los<br />
beneficiarios a quienes va dirigida la transferencia; es decir, mientras<br />
que el canon gasífero va a las zonas donde el recurso es explotado,<br />
Total recaudado 2004: US$ 307 millones<br />
Total recaudado 2013: US$ 1,932 millones<br />
Fuente: Perupetro. Elaboración: OEE-Osinergmin.<br />
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