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A diez años del Proyecto Camisea<br />
Gráfico 5-5: Estructura del precio del gas natural, julio 2014<br />
Ilustración 5-6: Funcionamiento de la GRP<br />
Fuente y elaboración: GART-Osinergmin.<br />
Fuente y elaboración: GART-Osinergmin.<br />
de la red principal, mediante el mecanismo, los usuarios aportan<br />
la diferencia entre los ingresos garantizados anuales y los ingresos<br />
reales por la prestación del servicio de transporte y de distribución<br />
de GN. Este último se obtiene por la aplicación de las tarifas y el<br />
volumen realmente transportado. Conforme se incrementa la<br />
demanda de GN, la GRP se reduce hasta llegar a cero, tal como ha<br />
ocurrido cuando la red principal transportó un volumen superior a la<br />
capacidad garantizada.<br />
Los concesionarios de la red principal de GN, ante el requerimiento<br />
del Estado de una infraestructura de transporte con una capacidad<br />
mínima, podían optimizar el diseño y no preocuparse de la evolución<br />
de la demanda de GN, ya que esto estaba garantizado por la GRP.<br />
Esto hacía posible que el negocio fuera de bajo riesgo, donde los<br />
ingresos no dependían del flujo de gas a transportar en función a la<br />
demanda requerida, sino más bien de las capacidades garantizadas<br />
establecidas en los contratos de concesión. Lo anterior implicaba que<br />
se debía tener cuidado al establecer las condiciones de calidad del<br />
servicio y cumplimiento de capacidades mínimas en los contratos,<br />
antes de la licitación internacional.<br />
Aplicación de la GRP<br />
Mientras estuvo vigente el cálculo de la GRP, el mecanismo operaba de<br />
la siguiente manera (ver ilustración 5-6):<br />
• Anualmente se calculaba el consumo de gas a transportar por el<br />
gasoducto, con el fin de estimar los ingresos de los concesionarios<br />
de transporte y distribución de la red principal.<br />
• El resultado anterior se restaba del ingreso anual garantizado.<br />
Esta diferencia era la GRP anual que recibían las empresas<br />
concesionarias.<br />
• El valor de la GRP se transformaba en peaje eléctrico al dividir su<br />
monto entre la demanda eléctrica vendida a los consumidores<br />
eléctricos.<br />
• Este peaje por GRP se agregaba al peaje por conexión a la red<br />
principal de transmisión eléctrica.<br />
• Lo recaudado era depositado a una cuenta administrada por una<br />
fiduciaria, que se encargaba de efectuar el reparto de los montos<br />
involucrados.<br />
• Si por algún motivo algún generador no depositaba parte del fondo<br />
de la GRP, la fiduciaria ejecutaba el fondo de garantía de Perupetro<br />
y usaba ese monto para pagar a los concesionarios (TGP y Cálidda),<br />
por ser titulares de la red principal de GN de Camisea.<br />
A la fecha, ya no se calcula la GRP por haberse extinguido definitivamente<br />
en 2012, después de cumplir el requisito de tener un valor nulo durante<br />
tres años consecutivos. Es importante mencionar que para evitar un salto<br />
abrupto en las tarifas eléctricas, se empezó a realizar el pago adelantado<br />
de la GRP antes de la puesta en operación comercial de la red principal<br />
(denominado PAT) 31 . Dicho pago se traduce en ajustes en las tarifas de<br />
transporte de GN por un factor de descuento (FD). A la fecha, aun cuando<br />
el mecanismo de la GRP se extinguió, las tarifas de transporte en la red<br />
principal están afectas al factor de descuento. Desde noviembre de<br />
2002 hasta febrero de 2009, la GRP ha recaudado US$ 434 millones, de<br />
los cuales US$ 403 millones correspondieron a TGP y US$ 31 millones a<br />
Cálidda.<br />
Cabe resaltar que a medida que se incrementaron los volúmenes de<br />
GN transportados por la red principal, los ingresos reales del sistema<br />
de transporte mediante la red principal también aumentaron, por lo<br />
que el peaje por GRP fue disminuyendo cada año hasta resultar ser<br />
igual a cero en el sexto año de cálculo. La GRP fue igual a cero desde el<br />
1 de mayo de 2009 en adelante, extinguiéndose en 2012, de acuerdo<br />
con lo señalado en el numeral 12.4, del Artículo 12° del Reglamento de<br />
la Ley de Promoción de la Industria del GN 32 .<br />
Beneficios de la GRP y su impacto en la tarifa eléctrica 33<br />
El establecimiento de la GRP ha hecho posible el desarrollo del<br />
proyecto Camisea, generando beneficios que no solo se encuentran<br />
referidos a su impacto en el sector eléctrico (costos, tarifas y capacidad<br />
de generación), sino también a la actividad económica del país,<br />
abarcando, entre otros aspectos, los siguientes:<br />
• Ha facilitado el desarrollo del gasoducto que transporta GN de Camisea<br />
a Lima, con un esquema de bajo riesgo para el inversionista, que a<br />
su vez permite a los usuarios eléctricos beneficiarse de la reducción<br />
de las tarifas eléctricas y al resto de usuarios de GN mediante tarifas<br />
competitivas, acordes con el bajo riesgo del negocio.<br />
• Ha evitado el uso de recursos del Tesoro Público para el desarrollo<br />
de la infraestructura de transporte del GN, por lo que se liberaron<br />
fondos para la implementación de programas sociales.<br />
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