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A diez años del Proyecto Camisea<br />
Cuadro 8-1: Cronología de leyes que promueven la expansión del consumo del GN en el Perú<br />
Cuadro 8-2: Cronología de normas que promueven la expansión del GN mediante el Mecanismo de Promoción<br />
Fuente: GART-Osinergmin. Elaboración: OEE-Osinergmin.<br />
Fuente: GART-Osinergmin. Elaboración: OEE-Osinergmin.<br />
A continuación se expone la cronología del marco normativo que<br />
acompaña al proceso de expansión del consumo del GN en el Perú<br />
(ver cuadro 8-1).<br />
Al mismo tiempo que se ha desarrollado un marco legal favorable<br />
para lograr la expansión del consumo de GN, el Estado ha propiciado<br />
la implementación de programas y mecanismos económicos para<br />
impulsar el alcance de los objetivos trazados.<br />
Mecanismo de promoción de conexiones residenciales<br />
Si bien el GN representa una ventaja económica frente a otras<br />
fuentes de energía residencial con respecto al precio pagado por<br />
unidad energética, los gastos que el consumidor debe afrontar para<br />
poder acceder a este servicio son significativamente mayores, si lo<br />
comparamos con su sustituto más cercano: el GLP. Están asociados<br />
a modificaciones en el inmueble y comprenden los gastos para<br />
la instalación de la acometida y su conexión a la red pública del<br />
distribuidor, instalación de la red interna según el número de<br />
aparatos a conectar y conversión de dichos aparatos para GN.<br />
Según GART (2008), los costos asociados al acceso al GN fluctúan<br />
entre US$ 500 y US$ 800, lo cual genera que el precio del GN pierda<br />
competitividad.<br />
Con el objetivo de hacer más competitivo al GN, se estableció el Mecanismo<br />
de Promoción, un dispositivo normado por el MINEM de descuentos<br />
sobre parte o costo total de la conexión de GN. Esto es para consumidores<br />
residenciales ubicados en determinadas zonas geográficas de la concesión<br />
o de determinados niveles socioeconómicos, principalmente aquellos que<br />
registraron los más bajos. Los recursos del Mecanismo de Promoción se<br />
recaudan en un recargo que se efectúa a las tarifas que pagan todos los<br />
consumidores de GN y son administrados por la empresa concesionaria de<br />
distribución de GN. En el cuadro 8-2 se detalla la normativa que promueve<br />
el mecanismo de promoción en el Perú por medio de Cálidda.<br />
Para ello, se determina un Plan de Promoción 47 , que tiene como<br />
objetivo establecer las condiciones para la conexión de nuevos clientes<br />
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