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A diez años del Proyecto Camisea<br />

Cuadro 8-1: Cronología de leyes que promueven la expansión del consumo del GN en el Perú<br />

Cuadro 8-2: Cronología de normas que promueven la expansión del GN mediante el Mecanismo de Promoción<br />

Fuente: GART-Osinergmin. Elaboración: OEE-Osinergmin.<br />

Fuente: GART-Osinergmin. Elaboración: OEE-Osinergmin.<br />

A continuación se expone la cronología del marco normativo que<br />

acompaña al proceso de expansión del consumo del GN en el Perú<br />

(ver cuadro 8-1).<br />

Al mismo tiempo que se ha desarrollado un marco legal favorable<br />

para lograr la expansión del consumo de GN, el Estado ha propiciado<br />

la implementación de programas y mecanismos económicos para<br />

impulsar el alcance de los objetivos trazados.<br />

Mecanismo de promoción de conexiones residenciales<br />

Si bien el GN representa una ventaja económica frente a otras<br />

fuentes de energía residencial con respecto al precio pagado por<br />

unidad energética, los gastos que el consumidor debe afrontar para<br />

poder acceder a este servicio son significativamente mayores, si lo<br />

comparamos con su sustituto más cercano: el GLP. Están asociados<br />

a modificaciones en el inmueble y comprenden los gastos para<br />

la instalación de la acometida y su conexión a la red pública del<br />

distribuidor, instalación de la red interna según el número de<br />

aparatos a conectar y conversión de dichos aparatos para GN.<br />

Según GART (2008), los costos asociados al acceso al GN fluctúan<br />

entre US$ 500 y US$ 800, lo cual genera que el precio del GN pierda<br />

competitividad.<br />

Con el objetivo de hacer más competitivo al GN, se estableció el Mecanismo<br />

de Promoción, un dispositivo normado por el MINEM de descuentos<br />

sobre parte o costo total de la conexión de GN. Esto es para consumidores<br />

residenciales ubicados en determinadas zonas geográficas de la concesión<br />

o de determinados niveles socioeconómicos, principalmente aquellos que<br />

registraron los más bajos. Los recursos del Mecanismo de Promoción se<br />

recaudan en un recargo que se efectúa a las tarifas que pagan todos los<br />

consumidores de GN y son administrados por la empresa concesionaria de<br />

distribución de GN. En el cuadro 8-2 se detalla la normativa que promueve<br />

el mecanismo de promoción en el Perú por medio de Cálidda.<br />

Para ello, se determina un Plan de Promoción 47 , que tiene como<br />

objetivo establecer las condiciones para la conexión de nuevos clientes<br />

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