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A diez años del Proyecto Camisea<br />

Ilustración 6-3: Marco normativo según las actividades de la industria de gas natural<br />

Cuadro 6-2: Entidades competentes para la supervisión y fiscalización contractual<br />

Fuente y elaboración: GFGN-Osinergmin.<br />

Fuente y elaboración: GFGN-Osinergmin.<br />

Fuente y elaboración: GFGN-Osinergmin.<br />

Cuadro 6-1: Títulos habilitantes según actividad<br />

A la fecha, las instalaciones relacionadas al Proyecto Camisea han<br />

tenido cambios significativos en su capacidad de procesamiento,<br />

fraccionamiento o transporte, según sea el caso. Por ejemplo, la planta<br />

Malvinas pasó de tener una capacidad de procesamiento de 440 mmpcd<br />

en el año 2004 a 1,680 mmpcd en 2013 (ver cuadro 6-3).<br />

En atención a la complejidad de este proyecto, fue necesaria la aplicación<br />

de diversos mecanismos de supervisión, considerando el desarrollo de<br />

la industria y los aspectos que debían verificarse. El primero de ellos es<br />

el tradicional, en donde el Estado controla y vigila de manera directa el<br />

cumplimiento de la normativa vigente. En este nivel, es el Estado el que<br />

interviene sobre la autonomía privada. No obstante, en el caso específico<br />

de Osinergmin, dicha intervención la realizan empresas supervisoras 36<br />

en visitas directas, a fin de verificar el estricto cumplimiento de las<br />

condiciones de seguridad y el marco normativo vigente.<br />

El mecanismo de supervisión directo ha sido empleado en las etapas<br />

constructiva y operativa de todos los hitos del Proyecto Camisea. Así,<br />

ha ido de la mano con el establecimiento de indicadores previamente<br />

identificados, los cuales han permitido el chequeo en campo de los<br />

aspectos fundamentales e indispensables para que las actividades<br />

se desarrollen con seguridad, en resguardo de la vida y salud de las<br />

personas (ver el cuadro A.6-1 en el Anexo Digital para más detalles).<br />

Debido a las especiales características de las actividades vinculadas a la<br />

industria del GN (una industria nueva en el país) y ante el crecimiento<br />

progresivo de los agentes a supervisar, la industria de GN ha requerido<br />

de ciertas medidas para fortalecer la seguridad. De esta manera se<br />

han impulsado dos tipos de supervisión complementarios: supervisión<br />

mediante terceros y la supervisión propia de cada agente.<br />

El esquema de supervisión que se ha venido aplicando se encuentra basado en<br />

uno multicapa, cuyo principal objetivo es lograr una eficiente intervención del<br />

organismo regulador, apostando por el uso de terceros altamente calificados<br />

como una herramienta para el desarrollo de sus labores.<br />

Supervisión mediante terceros<br />

Este mecanismo de supervisión es considerado de segundo nivel.<br />

Intervienen personas naturales y jurídicas altamente calificadas en<br />

las actividades de la industria del GN, las cuales deben contar con<br />

una acreditación emitida por el Servicio Nacional de Acreditación del<br />

Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de<br />

la Propiedad Intelectual (SNA-Indecopi) o por un organismo homólogo.<br />

Para implementar este mecanismo de supervisión, se consideró el<br />

esquema de la acreditación, lo que implica contar con una evaluación<br />

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