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documento - Defensor del Pueblo

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41/2009 RECOMENDACIONESf) Las demoras alegadas en la resolución de solicitudes inicialesde autorización temporal de residencia y trabajo, y de los recursosadministrativos contra las denegaciones responden a una situacióngeneral que afecta al conjunto de expedientes de esta naturaleza quese tramitan en la Oficina Única de Extranjeros de Illes Balears.g) Debe corregirse de modo inmediato la práctica de almacenar losexpedientes de reagrupación familiar sin grabar, y no proceder adicha grabación en la aplicación de extranjería <strong>del</strong> MAP hasta tantoson concedidos. Asimismo en el examen de estos expedientes sedetectaron demoras muy significativas en la tramitación de algunosde ellos cuyas causas no fueron satisfactoriamente aclaradas. Debe,por tanto, realizarse una inspección exhaustiva sobre la tramitaciónde estos expedientes no sólo sobre el ritmo de resolución sino tambiénsobre los criterios de concesión o denegación, ya que sobre estosúltimos se ha recibido información contradictoria.h) Hasta fecha muy reciente no existía en la relación de puestosde trabajo de la Dirección Insular visitada personal de extranjería.En la actualidad dicho personal es minoritario cuando la realidad esque la gestión de extranjería ocupa a más de la mitad <strong>del</strong> personaladministrativo de la Dirección Insular. En tanto no se ponga en marchala reclamada Unidad Integrada de Extranjería debiera reconocerseel esfuerzo extraordinario que el personal viene realizando,revisando los criterios de asignación de los complementos económicosque sólo recibe parte <strong>del</strong> personal.6. Produjo especial preocupación el sistema seguido por laDirección Insular visitada para enviar los <strong>documento</strong>s, cuya resolucióncorresponde a la Delegación <strong>del</strong> Gobierno en Illes Balears, a laOficina de Extranjeros en Palma de Mallorca. El envío se realiza porcorreo postal ordinario, sin acompañar siquiera una relación de los<strong>documento</strong>s remitidos, ni guardar copias de los mismos para reconstituirel expediente en caso de extravío. Como se ha indicado, losexpedientes no se graban previamente en la aplicación, con lo queno existen medidas de salvaguardia frente a la pérdida de expedienteso de <strong>documento</strong>s que formen parte de los mismos. Con caráctergeneral debe cambiarse el sistema de envío, procediendo a dar dealta los expedientes antes de efectuar la remisión de los <strong>documento</strong>soriginales, en tanto no sea posible efectuar dicha remisión pormedios telemáticos. Mientras subsista la remisión por correo postalcomo vía de transmisión de expedientes, los <strong>documento</strong>s deberían iracompañados de una relación que asegure el control sobre su regularrecepción, práctica que sí se sigue en la Dirección Insular en192

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