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documento - Defensor del Pueblo

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47/2009 RECOMENDACIONES3. Resulta urgente proceder a la inmediata revisión <strong>del</strong> sistema de<strong>del</strong>egación de competencias en las Direcciones Insulares, creando enlas mismas unidades de extranjería con la adecuada dotación depersonal y haciéndolas depender de la Oficina Única de Extranjerosde Illes Balears.4. El edificio que alberga la sede de la Dirección Insular de Ibizay Formentera no reúne las características idóneas para albergar unadependencia con el volumen de atención presencial a ciudadanos quelas tareas de extranjería exigen. Por otra parte, para evitar la actualdispersión de oficinas tramitadoras y asegurar unos espacios másadecuados para el tipo de atención administrativa a prestar, seríaconveniente que la reclamada Unidad de Extranjería en Ibiza yFormentera incorporase los servicios de documentación dependientes<strong>del</strong> Cuerpo Nacional de Policía, tal y como ocurre en la OficinaÚnica de Extranjeros en Illes Balears.5. El sistema de trabajo actual ralentiza de manera importante elfuncionamiento de la Dirección Insular visitada, debiendo impartirseinstrucciones precisas a fin de que se corrijan determinadas prácticashasta tanto se produzca la reclamada reorganización de los servicios.A este respecto resulta preciso destacar las siguientes cuestiones:a) Existe un déficit de información que afecta tanto al lugar dondedeben cumplimentarse los trámites, dado el reparto de funcionesestablecidas entre la Dirección Insular y las dependencias <strong>del</strong>Cuerpo Nacional de Policía, como al órgano competente para la resoluciónde los distintos procedimientos. Según pudo comprobarse, lospropios organismos implicados facilitan en ocasiones informacióncontradictoria al ciudadano. Debe, por tanto, establecerse un sistemade información integral que asegure la coherencia global de lamisma. Dicho sistema de información podría basarse, en lo que a trámitesy requisitos generales se refiere, en el empleado por la Oficinade Extranjería en Illes Balears, sin perjuicio de particularizar lo referentea oficinas y registros públicos de presentación.b) La Dirección Insular en Ibiza y Formentera actúa a un tiempocomo órgano tramitador de los expedientes cuya resolución estáencomendada a la propia Dirección y como mero órgano de registropara los expedientes cuya resolución se reserva a la Delegación <strong>del</strong>Gobierno (básicamente autorizaciones de residencia temporal enrégimen laboral y sus renovaciones). Respecto a estos últimos se alegabaun retraso de la tramitación con relación a los expedientesregistrados en la Oficina Única de Extranjeros con sede en Palma de224

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