Chapitre III - UNITAR
Chapitre III - UNITAR
Chapitre III - UNITAR
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
184<br />
3. Entrada y permanencia<br />
Los países tienen el derecho de determinar las condiciones de entrada y permanencia<br />
de los extranjeros en su territorio, de proteger a su ciudadanía y sus<br />
intereses nacionales, siempre y cuando lo hagan de conformidad con el derecho<br />
internacional vigente. Las políticas en este campo tienen por objeto<br />
encontrar un equilibrio entre facilitar y controlar el número y la composición<br />
de las personas que cruzan las fronteras internacionales y las condiciones por<br />
las cuales se autoriza o se niega la entrada. Entre las categorías de entradas<br />
autorizadas cabe mencionar la permanente, aquéllas por razones laborales,<br />
de reunificación familiar o humanitarias, así como la entrada temporal para<br />
efectuar una visita, realizar estudios o trabajar durante determinados periodos.<br />
La denegación de la autorización de entrada puede deberse a actividades<br />
delictivas, al terrorismo, a cuestiones de salud pública o al deseo de<br />
proteger el mercado laboral nacional. Hay ciertos beneficios y oportunidades<br />
que son exclusivamente para los nacionales y de los extranjeros autorizados.<br />
Prácticas efectivas relativas a la entrada y permanencia:<br />
Facilitar la entrada autorizada, y racionalizar los procesos administrativos<br />
correspondientes.<br />
Velar por que todos los procedimientos que rigen la entrada y permanencia<br />
de extranjeros, respeten y protejan los derechos de las personas<br />
concernidas.<br />
Intercambiar regularmente información entre gobiernos sobre las<br />
políticas nacionales relativas a la entrada y permanencia.<br />
a. Requisitos en materia de visados<br />
Los criterios y procesos para la concesión de visados son un aspecto clave de<br />
la soberanía nacional y un medio para reglamentar las corrientes migratorias<br />
y luchar contra la migración irregular. El sistema de visados, que es un<br />
mecanismo de control previo a la entrada, ofrece a los Estados la oportunidad<br />
de considerar la conveniencia de admitir a las personas en su territorio antes<br />
de su llegada y de facilitar la entrada de determinados extranjeros antes de<br />
que se presenten a la frontera, y también brinda a los migrantes oportunidades<br />
de entrada y permanencia transparentes y previsibles.<br />
Prácticas efectivas relativas a los requisitos en materia de visados:<br />
Instaurar procedimientos efectivos para encauzar y controlar la entra-<br />
Prácticas efectivas