Elementos de elocuencia forense / Pedro Sainz de Andino
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XXI<br />
ñola ; y si se estendiese esta investigacion á los anales legislativos <strong>de</strong><br />
las <strong>de</strong>mas naciones contemporáneas <strong>de</strong> ella, hallaríamos la confirmacion<br />
<strong>de</strong> que en las socieda<strong>de</strong>s mo<strong>de</strong>rnas á par que han ido progresando<br />
las ciencias, las artes y los <strong>de</strong>mas elementos <strong>de</strong> la prosperidad<br />
y bienestar <strong>de</strong> sus individuos, se han ido multiplicando las leyes ; y<br />
mientras -mas próvida se ha manifestado la solicitud <strong>de</strong> los gobiernos<br />
en esten<strong>de</strong>r el imperio <strong>de</strong> la ley sobre todas las necesida<strong>de</strong>s y relaciones<br />
<strong>de</strong> la sociedad, mas dificil y complicada se ha hecho la ciencia<br />
legal, mayor estudio se ha requerido para poseerla y mucho mas frecuentes<br />
han sido las dudas sobre su inteligencia y aplicacion.<br />
Es constante que para esta confusion ha contribuido sobremanera<br />
el erróneo y absurdo plan que antiguamente se seguia <strong>de</strong> formar la<br />
legislacion por partes y á retazos, acumulando leyes sobre leyes y<br />
compilaciones sobre compilaciones; <strong>de</strong>jando en estas las disposiciones<br />
<strong>de</strong>susadas y muertas, interpóladas con las que conservaban su fuerza<br />
y autoridad; amalgamando muchas absolutamente incoherentes, y prescritas<br />
en épocas muy remotas y distantes y con estilo y lenguaje <strong>de</strong><br />
dificil combinacion; conservando otras ya anticuadas y sin objeto y<br />
no pocas con absoluta repugnancia con las costumbres y hábitos nuevamente<br />
introducidos ; confundiendo las que propiamente pertenecen<br />
al <strong>de</strong>recho comun y tienen el carácter y virtud legal con las que son<br />
puramente reglamentarias, y faltando al ór<strong>de</strong>n , conexion , enlace y<br />
unidad (le sistema que <strong>de</strong>ben guardar entre si todas las partes <strong>de</strong> un<br />
cuerpo legal ; pero aun <strong>de</strong>s-pues que habiéndose conocido las verda<strong>de</strong>ras<br />
reglas <strong>de</strong> la estructura <strong>de</strong> las leyes y apreciándose el grave interés<br />
y suma conveniencia <strong>de</strong> ponerlas en práctica se ha introducido la codificacion<br />
integral, completa y métodica, y bajo este régimen se han<br />
formado y promulgado nuevos códigos en Dinamarca, Suecia, Austria,<br />
Prusia, Rusia, Toscana, Cer<strong>de</strong>ña, Francia, Nápoles y España, ¿se<br />
pue<strong>de</strong> todavía felicitar ninguno <strong>de</strong> estos pueblos <strong>de</strong> haber reducido<br />
sus leyes á tal punto <strong>de</strong> claridad y sencillez , que estera al alcance <strong>de</strong><br />
la inteligencia comun <strong>de</strong> todas las clases <strong>de</strong> la sociedad? ¿Vemos que<br />
en ninguno <strong>de</strong> aquellos paises se haya fijado la legislacion sobre los<br />
diferentes ramos que compren<strong>de</strong> el <strong>de</strong>recho público y privado <strong>de</strong><br />
manera que no haya que suplida, reformarla, ni adicionarla? ¿Es lle-