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BIOETICA Y PSIQUIATRIA

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BIOÉTICA Y PSIQUIATRÍA. LOURDES MENDIBURU.<br />

II DOCUMENTOS RELATIVOS A DERECHOS HUMANOS<br />

desde 1948 a la actualidad<br />

1. LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS DEL HOMBRE (1948)<br />

Las declaraciones universales tienen su punto de partida en el hecho de que las<br />

garantías internas que los Estados conceden a los derechos humanos son insuficientes y con<br />

frecuencia, inútiles, ya que son los propios Estados los que, en su aplicación pueden<br />

desvirtuarlas y son ellos, además, los que muchas veces resultan culpables de las mayores<br />

violaciones de tales derechos.<br />

Previamente a la Declaración de 1948, hubo intentos de cartas internacionales de<br />

derechos humanos: por ejemplo, en la Carta Atlántica suscrita por Churchill y Roosevelt el<br />

14-Agosto-41, se señalaba la dependencia internacional de los derechos del hombre. Y<br />

finalizada la 2ª Guerra Mundial, la Carta de Creación de las Naciones Unidas, aprobada en S.<br />

Francisco el 26-Junio-1945 afirmaba con reiteración los derechos humanos y su relevancia<br />

universal, y prometía solemnemente la redacción y promulgación de una Declaración, que se<br />

proclamase con ese sentido. La Carta de las Naciones Unidas responde a la convicción,<br />

adquirida a consecuencia de las inauditas violaciones de esos derechos que se perpetraron en<br />

el curso de la 2ª guerra mundial, de que la promoción de los derechos humanos era un asunto<br />

que competía a toda la Comunidad Internacional, contrariamente a la opinión que había<br />

prevalecido hasta entonces, de que tales derechos incumbían exclusivamente a la jurisdicción<br />

interna de cada Estado (se puede afirmar que este cambio es el más trascendental en la<br />

historia del derecho y relaciones internacionales).<br />

Consecuentemente, la Asamblea General de Naciones Unidas, reunida en París y de<br />

acuerdo con el articulo 68 de la Carta, después de consultar por intermedio de la UNESCO a<br />

pensadores ilustres de diversos países, aprobó y proclamó, con fecha 10- Diciembre-1948 la<br />

Declaración Universal de Derechos del Hombre. Se proclaman derechos tantas veces<br />

invocados, pero formulados de modo nuevo y con el intento de comprometer solemnemente a<br />

los Estados miembros del magno organismo internacional en orden el respeto efectivo de los<br />

derechos fundamentales de la persona humana. El texto de esta Declaración consta de un<br />

Preámbulo razonado (a modo de exposición de motivos), una Declaración aprobatoria y 30<br />

artículos.<br />

Características principales de la Declaración<br />

1. Su fundamentación en el principio filosófico jurídico de dignidad de la persona<br />

humana, de la que se derivan los postulados de libertad, igualdad y fraternidad.<br />

2. La mayor amplitud de los derechos reconocidos (da entrada desde el art. 20 al 27, de<br />

nuevos derechos humanos de sentido económico, social y cultural). También hace alguna<br />

alusión a deberes.<br />

3. La preocupación político-democrática demostrada en el art. 21.3 “... la voluntad del<br />

pueblo se expresará mediante elecciones auténticas..., por sufragio universal y voto secreto...”<br />

y en el 29.2 que habla de las limitaciones a la libertad de la persona..., entre ellas las que se<br />

derivan de “las justas exigencias de la moral, de orden público y del bienestar general en una<br />

sociedad democrática”.<br />

4. Como ya hemos dicho, la extensión de la protección de los aludidos derechos del<br />

hombre trasladada del plano estatal al internacional, asunto que se manifiesta en el<br />

Preámbulo, en la Declaración aprobatoria y en el articulo 28.<br />

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