BIOETICA Y PSIQUIATRIA
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BIOÉTICA Y PSIQUIATRÍA. LOURDES MENDIBURU.<br />
PRINCIPIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS ENFERMOS<br />
MENTALES Y PARA EL MEJORAMIENTO DE LA ATENCIÓN DE LA<br />
SALUD MENTAL<br />
Aplicación<br />
Los presentes principios serán aplicados sin discriminación alguna por razones de<br />
invalidez, raza, color, sexo, lengua, religión, opiniones políticas u otras, origen nacional<br />
étnico o social, estado legal o situación social, edad, patrimonio o nacimiento.<br />
Definiciones<br />
En los principios presentes:<br />
a) “Asesor legal” significa un representante legal u otra persona cualificada;<br />
b) “Autoridad independiente” significa una autoridad competente e independiente<br />
prescrita por la legislación interna;<br />
c) “Atención de la salud mental” comprende el análisis y el diagnóstico del estado<br />
mental de una persona, asó como el tratamiento, cuidado y rehabilitación respecto de una<br />
enfermedad mental real o presunta;<br />
d) “Institución psiquiátrica” designa cualquier establecimiento o dependencia del<br />
mismo, cuya función primaria consiste en proporcionar atención a la salud mental;<br />
e) “Profesional de salud mental” designa a un médico, un psicólogo clínico, una<br />
enfermera, un asistente social u otra persona calificada y debidamente capacitada con la<br />
pericia necesaria para la atención de la salud mental;<br />
f) “Paciente” significa la persona que recibe atención psiquiátrica, así como todas las<br />
personas que son admitidas en un establecimiento psiquiátrico;<br />
g) “Representante personal” significa la persona que tiene, de acuerdo con la ley, el<br />
deber de representar los intereses del paciente en cualquier situación determinada, o de<br />
ejercer derechos específicos en nombre del paciente. Ese concepto abarca además a los padres<br />
o al tutor legal de los menores, salvo que la legislación interna lo establezca de otra manera;<br />
h) “Órgano de control” designa al órgano establecido de acuerdo con el principio 17<br />
para la revisión de la admisión o la retención involuntaria de un paciente en una institución<br />
psiquiátrica.<br />
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