BIOETICA Y PSIQUIATRIA
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BIOÉTICA Y PSIQUIATRÍA. LOURDES MENDIBURU.<br />
desvelar (incluso al propio paciente), pudiendo callar aquella que desde su punto de vista pudiese<br />
provocar algún daño a su salud; esta es la base del llamado privilegio terapéutico o excepción a la<br />
información, vigente aún en buena medida en un nuestros días.<br />
En el siglo XVIII, con el desarrollo técnico incipiente de la Medicina, aparece la salud<br />
pública, el pensamiento liberal y con ello los primeros cambios de orientación en la relación<br />
terapéutica, con un estilo algo menos autoritario ó paternalista. El deber de secreto del médico<br />
tiene un objetivo: velar por los intereses del paciente, y de la mano de algunos médicos ilustres<br />
(Thomas Percival, Rush, Gregory) aparece un paternalismo suavizado, postulando, entre otras<br />
cosas, que la información dada al paciente puede actuar como un agente terapéutico, pues<br />
observan que un paciente informado se recupera mejor de su enfermedad.<br />
El sigo XIX trae grandes avances en las ciencias biomédicas; las ciencias se difunden; la<br />
relación médico-enfermo va perdiendo intimidad, y el secreto médico se va desvirtuando (por<br />
intervenir otros agentes: enfermería, familia, sociedad, autoridad civil); por ejemplo en el caso de<br />
obligación de declaración de ciertas enfermedades. Aparecen los primeros códigos deontológicos<br />
profesionales, en los que se da gran importancia al secreto profesional, e incluso el secreto pasa a<br />
ser contemplado en los textos legales, pasando a ser una exigencia legal y social (el Código Penal<br />
español de 1822 ya señala la idea del castigo por la revelación del secreto médico).<br />
El siglo XX trae un desarrollo importante de la Medicina, se implantan los sistemas<br />
públicos de salud, el trabajo en Medicina es cada vez más “trabajo en equipo”, aparecen “terceros<br />
pagadores” (compañías de seguros, etc.), mayor conciencia de los Derechos Humanos, pero<br />
también, como ya veremos en otro capítulo, grandes aberraciones en la investigación biomédica<br />
(basta recordar la experimentación humana en los campos de concentración nazi, etc.). Es en el<br />
siglo XX cuando aparece el concepto de derecho a la intimidad y el derecho a defenderse y<br />
denunciar a quienes lo violen. Se pasa del secreto como deber beneficentista del médico a la<br />
confidencialidad como derecho del paciente. Todo esto, en las últimas décadas viene reforzado<br />
por la enunciación del principio de autonomía y del derecho al consentimiento informado en un<br />
proceso de progresivo abandono de posiciones paternalistas derivadas del principio de<br />
beneficencia, muestra de una inexorable evolución de los planteamientos éticos de la sociedad<br />
actual, donde el principio de autonomía pasa a presidir nuestra ética y actitud ante la vida. (1).<br />
DIMENSION ETICA DEL SECRETO MEDICO<br />
En la confidencialidad, se implican los cuatro principios de la bioética propugnados por<br />
Beauchamp y Childress:<br />
1. No cabe una buena praxis clínica sin el respeto a las creencias, valores, informaciones y<br />
hechos que el paciente pone en manos del médico, con la única finalidad de que sean empleados<br />
para el mejor diagnóstico y tratamiento posibles (No-maleficencia).<br />
2. La vulneración de la confidencialidad debida a los pacientes puede derivar (y así ocurre<br />
de hecho) en un “etiquetaje” peyorativo ligado al diagnóstico (piénsese en VIH, en trastornos<br />
psiquiátricos, etc.) y a los hechos que puedan concurrir en el mismo. El resultado final en estas<br />
circunstancias siempre es de marginación y discriminación para el paciente y su familia<br />
(Justicia).<br />
3. La confidencialidad protege la biografía del sujeto, ideas, pensamientos, sentimientos,<br />
creencias, etc. que constituyen la esencia de su propia individualidad. La vulneración de la<br />
confidencialidad supone un daño directo a la libertad del sujeto (Autonomía).<br />
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