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ISSN 0123-3637 - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

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Cronología <strong>de</strong> la agresiónNota: se ha hecho un esfuerzo por llegar a las familias mismas <strong>de</strong> las víctimas con el fin <strong>de</strong> documentar sus casos. Sin embargo, noshemos encontrado con el hecho <strong>de</strong>l <strong>de</strong>splazamiento <strong>de</strong> muchas familias a causa <strong>de</strong>l terror, sumado al paso <strong>de</strong>l tiempo que hace olvidarfechas y circunstancias en los vecinos y amigos. De allí que esta reconstrucción cronológica sea muy incompleta pero es un intento <strong>de</strong>salvaguardar jirones <strong>de</strong> memoria en un mar <strong>de</strong> víctimas que han llegado a ser “anónimas”, dado que sólo quedó el recuerdo <strong>de</strong> personasque <strong>de</strong>saparecieron, que fueron ejecutadas o <strong>de</strong>splazadas, pero cuyos nombres se esfumaron con el tiempo y las ausencias.El primer caso que se encontró <strong>de</strong>nunciado es <strong>de</strong> 1987:en la vereda Boquerón, <strong>de</strong>l municipio casanareño <strong>de</strong>Aguazul, el DAS <strong>de</strong>tuvo ilegal y arbitrariamente alcampesino MARCO FIDEL MIRANDA BUSTOS, <strong>de</strong> 33años, <strong>de</strong>dicado al jornaleo agrícola, acusándolo <strong>de</strong> participaren un secuestro, y lo ejecutó, sepultando luego su cadáver enuna fosa común en el cementerio <strong>de</strong> Aguazul, don<strong>de</strong> su familiapudo más tar<strong>de</strong> i<strong>de</strong>ntificarlo, exhumarlo y darle digna sepultura.Tanto la familia como la comunidad niegan rotundamente lasacusaciones <strong>de</strong>l DAS pues no cabían <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> la maneracorrecta <strong>de</strong> actuar <strong>de</strong> la víctima.Es evi<strong>de</strong>nte aquí la violación <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanosmás esenciales que afectan la Vida y la Libertad, comovalores fundamentales <strong>de</strong>l ser humano, y que se tipificanen el Derecho Internacional como Detención Ilegal yArbitraria y Ejecución Extrajudicial, al tiempo hque elDIH consi<strong>de</strong>ra esa privación <strong>de</strong> la vida como infraccióngrave y crimen <strong>de</strong> guerra en la modalidad <strong>de</strong> HomicidioIntencional <strong>de</strong> Persona Protegida, dado que el caso seda en el contexto <strong>de</strong> un conflicto armado. El episodiorevela el comportamiento <strong>de</strong> órganos <strong>de</strong>l Estadoprevistos en el or<strong>de</strong>namiento legal para coadyuvar ala administración <strong>de</strong> hjusticia, pero que en la práctica,no sólo <strong>de</strong>svían su accionar por <strong>de</strong>rroteros ajenos alos <strong>de</strong> la administración <strong>de</strong> justicia sino que actúan encontra <strong>de</strong> los principios <strong>de</strong> ésta y se convierten ellosmismos en <strong>de</strong>lincuentes que <strong>de</strong>berían ser sometidosa los procedimientos <strong>de</strong> la justicia si no existiera unmarco tan generalizado <strong>de</strong> impunidad.El lunes 30 <strong>de</strong> octubre <strong>de</strong> 1989, en horas <strong>de</strong> la noche,miembros <strong>de</strong>l Ejército Nacional llegaron a la casa <strong>de</strong> uncontratista <strong>de</strong> la Alcaldía, en Chámeza, Casanare, don<strong>de</strong> enese momento se encontraba el joven LUIS ÁLVARO ACOSTACELY, <strong>de</strong> 20 años <strong>de</strong> edad, quien para la fecha se <strong>de</strong>dicabaa obras <strong>de</strong> construcción al servicio <strong>de</strong> la Alcaldía, sacándoloviolentamente <strong>de</strong> dicha casa. Más o menos a la misma hora,fue sacado violentamente <strong>de</strong> la casa <strong>de</strong> unos familiares, tambiénpor miembros <strong>de</strong>l Ejército, el joven JAIRO ANTONIO ACOSTACELY, <strong>de</strong> 19 años, hermano <strong>de</strong> Luis Álvaro, quien estudiababachillerato en el colegio <strong>de</strong> la población. Al oscurecertotalmente, los habitantes <strong>de</strong>l pueblo escucharon una balaceracerca <strong>de</strong> don<strong>de</strong> pasa el río Salinero, lo que sembró pánico enla población. Al notar que los hermanos ACOSTA no llegabanal lugar <strong>de</strong> su resi<strong>de</strong>ncia, sus familiares y amigos emprendieronsu búsqueda sin lograr resultados positivos. Luego <strong>de</strong> tres díasfueron hallados sus cuerpos sin vida, muy cerca <strong>de</strong>l puente sobrela vía que conduce <strong>de</strong> Chámeza (Casanare) a Páez y Aquitania(Boyacá). Este caso indignó mucho a los pobladores, al darsecuenta <strong>de</strong> que los jóvenes habían sido torturados enterrándolespuntillas en los oídos y quemándoles distinta partes <strong>de</strong>l cuerpocon cigarrillos encendidos. Este trágico suceso, hizo que loshabitantes <strong>de</strong>l municipio se solidarizaran con los familiares <strong>de</strong> lasvíctimas, asistiendo centenares <strong>de</strong> personas a las honras fúnebres,entre ellos una multitud <strong>de</strong> estudiantes. En la ceremonia religiosa,los militares, no contentos con haber perpetrado el horrendocrimen, formaron una especie <strong>de</strong> “calle <strong>de</strong> honor” con susarmas apuntadas hacia los consternados asistentes, en actitudamenazante. Ante tanta presión, estigmatización y amenazapor parte <strong>de</strong>l Ejército Nacional, la mayoría <strong>de</strong> los habitantes<strong>de</strong>l pueblo <strong>de</strong>cidieron <strong>de</strong>splazarse hacia otros municipiosbuscando salvar sus vidas. La mayor parte <strong>de</strong> la poblacióntuvo conocimiento <strong>de</strong> que la actitud <strong>de</strong>l Ejército pretendía seruna represalia contra los habitantes <strong>de</strong> Chámeza porque unosdías antes dos integrantes <strong>de</strong> un grupo guerrillero habían dadomuerte a un Teniente <strong>de</strong>l Ejército, luego <strong>de</strong> hacerle seguimientoa un grupo <strong>de</strong> militares que hacía presencia en el casco urbanoy <strong>de</strong>sarrollaba un trabajo en la construcción <strong>de</strong> la carreteraque llega al poblado. El Ejército había reaccionado arbitraria eirracionalmente contra la población civil, como queriendo vengaren ésta los actos <strong>de</strong> la insurgencia. En un día allanaron todaslas casas <strong>de</strong>l pueblo, insultaron y humillaron a la comunidad,acusándola <strong>de</strong> ser “cómplice” <strong>de</strong> la muerte <strong>de</strong>l oficial. Por suparte, el padre <strong>de</strong> los hermanos ACOSTA, quien trabajaba comofuncionario público en la Alcaldía, tomó la <strong>de</strong>cisión valerosa <strong>de</strong>pedir apoyo a la Personera Municipal para exigir explicaciones alos victimarios, encontrando una evasión total <strong>de</strong> parte <strong>de</strong> ellos.Debido a la falta <strong>de</strong> garantías para permanecer en el pueblo,pocos días <strong>de</strong>spués <strong>de</strong>cidió <strong>de</strong>splazarse a Yopal, aprovechandola salida <strong>de</strong> un vehículo particular. Cuando se movilizaban porla vía que conduce a Recetor, en el lugar conocido como LasCruces, fueron <strong>de</strong>tenidos todos los pasajeros por un grupo<strong>de</strong> militares. Al atormentado padre lo separaron <strong>de</strong>l grupo eintentaron ocultarlo en una mata <strong>de</strong> monte con intenciones <strong>de</strong><strong>de</strong>saparecerlo, por lo que él se negó a seguirlos y les suplicóque más bien lo asesinaran en ese lugar. Ante esta situación,la Personera intervino para que lo reintegraran al grupo <strong>de</strong>pasajeros, logrando salir ileso. El Estado fue <strong>de</strong>mandado porestos crímenes y obligado a in<strong>de</strong>mnizar a los familiares, al serhallado culpable.Se cometieron aquí varias violaciones <strong>de</strong> los<strong>de</strong>rechos humanos, tales como: DetencionesArbitrarias e Ilegales, Desapariciones Forzadas,Torturas, Ejecuciones Extrajudiciales, Amenazas yCinep • Cospacc19

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