arrojaron al piso y le dispararon al pecho; luego lo arrastrarondos metros y le dispararon nuevamente cinco veces, una <strong>de</strong>ellas en la cabeza causándole la muerte inmediatamente.Luego lo arrastraron para subirlo en la camioneta pero en esemomento se cayó la prótesis <strong>de</strong> su pierna y <strong>de</strong>jaron el cadáverallí tirado mientras ellos huían por la vía al cementerio.El episodio muestra la confianza <strong>de</strong> los victimarios ensu impunidad, atreviéndose a penetrar en la zona urbanaa la vista <strong>de</strong> todo el mundo y en vehículos plenamentei<strong>de</strong>ntificables, para violar en forma tan flagrante los<strong>de</strong>rechos humanos más sagrados, perpetrando asíuna Ejecución Extrajudicial, constitutiva también <strong>de</strong>infracción grave al DIH como Homicidio Intencional<strong>de</strong> Persona Protegida.Del año 1997 quedó registrado el Homicidio Intencional<strong>de</strong> Persona Protegida atribuido también a la insurgencia ypor tanto constitutivo <strong>de</strong> una infracción grave al DIH, en lospobladores JUAN MANUEL RODRÍGUEZ, <strong>de</strong> 56 años, y su hijoLEÓNIDAS RODRÍGUEZ, <strong>de</strong> 40 años, hecho que tuvo lugaren la vereda El Jordán Bajo, <strong>de</strong>l municipio <strong>de</strong> Chámeza. Se lesacusó <strong>de</strong> pasar informaciones al Ejército sobre los movimientos<strong>de</strong> la insurgencia. Igualmente quedaron registrados losHomicidios Intencionales por parte <strong>de</strong> insurgentes <strong>de</strong>l ELN,<strong>de</strong>: CARMEN ROCHA, REINALDO ROCHA y BLANCAPEDRAZA, ocurridos en la vereda Plan Cunamá – Las Brisas,<strong>de</strong>l municipio <strong>de</strong> Aguazul, sin que se tenga precisión <strong>de</strong> la fechani <strong>de</strong> las circunstancias.El viernes 6 <strong>de</strong> febrero <strong>de</strong> 1998, tropas pertenecientesal grupo Guías <strong>de</strong>l Casanare, adscritas a la Brigada XVI <strong>de</strong>lEjército Nacional, sometieron a torturas hasta hacerle per<strong>de</strong>rla conciencia, a JOSÉ ROJAS CATAÑO, en el municipiocasanareño <strong>de</strong> Nunchía. La Defensoría Regional <strong>de</strong>l Pueblo yel campesinado <strong>de</strong> la región acusó a dicho escuadrón militar asícomo al Batallón Héroes <strong>de</strong> Paya, <strong>de</strong> múltiples abusos contrala población civil, tales como torturas, hurtos, <strong>de</strong>comisos <strong>de</strong>mercancías, prohibición <strong>de</strong> libre locomoción, privacionesarbitrarias <strong>de</strong> la libertad, amenazas, malos tratos, insultos yotros vejámenes.Han sido perpetradas allí varias violaciones <strong>de</strong> los<strong>de</strong>rechos humanos, como Torturas y DetencionesIlegales y Arbitrarias, así como infracciones gravesal DIH en la modalidad <strong>de</strong> Pillajes, Torturas, TratosCrueles, Inhumanos y Degradantes, y Ataques a BienesIndispensables para la Supervivencia <strong>de</strong> la PoblaciónCivil. A esto se aña<strong>de</strong>n múltiples <strong>de</strong>litos contempladosen la legislación interna.JOSÉ DE JESÚS ROJAS, en el sitio Tocaría, <strong>de</strong>l municipiocasanareño <strong>de</strong> Nunchía, lo sometió a torturas y le requisaronminuciosamente su mercado <strong>de</strong> víveres, amenazándolo <strong>de</strong>muerte y advirtiéndole que sólo podría volver a proveerse <strong>de</strong>alimentos un mes <strong>de</strong>spués.Se cometió allí el crimen <strong>de</strong> Tortura, constitutivo<strong>de</strong> violación grave <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanos einfracción grave <strong>de</strong>l DIH, a<strong>de</strong>más <strong>de</strong>l Ataque a BienesIndispensables para la Subsistencia <strong>de</strong> la PoblaciónCivil, como infracción grave al DIH.El jueves 12 <strong>de</strong> marzo <strong>de</strong> 1998, tropas <strong>de</strong>l Batallón Guías<strong>de</strong>l Casanare, <strong>de</strong> la Brigada XVI <strong>de</strong>l Ejército, <strong>de</strong>comisaron losvíveres <strong>de</strong> propiedad <strong>de</strong> JOSÉ LEONIDAS PÉREZ PIRABÁN,cuando eran transportados por su padre y hermano por lavía que conduce <strong>de</strong>l municipio casanareño <strong>de</strong> Nunchía a lainspección <strong>de</strong> Morcote. Los bienes estaban avaluados en $568.000,oo (quinientos sesenta y ocho mil pesos) y constituíanlas provisiones <strong>de</strong> subsistencia <strong>de</strong> los habitantes <strong>de</strong> la zona y elsustento directo <strong>de</strong>l afectado y <strong>de</strong> su familia.Se perpetraron allí crímenes <strong>de</strong> guerra tipificados como:Ataque a Bienes Indispensables para la Subsistencia<strong>de</strong> la Población Civil, y Pillaje.El martes 26 <strong>de</strong> mayo <strong>de</strong> 1998, integrantes <strong>de</strong> laestructura militar encubierta <strong>de</strong>l Estado secuestraron a OCHOCAMPESINOS en la vía que comunica a los municipios <strong>de</strong>Yopal y Aguazul.La privación <strong>de</strong> la libertad en forma <strong>de</strong> DetenciónIlegal y Arbitraria, por integrantes <strong>de</strong> estructuras quegozan <strong>de</strong>l aval, tolerancia, complicidad o connivenciay protección <strong>de</strong>l Estado, constituye violación grave <strong>de</strong>l<strong>de</strong>recho internacional <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanos.El jueves 4 <strong>de</strong> junio <strong>de</strong> 1998, en horas <strong>de</strong> la noche,el campesino VICTOR FATOBA ROMERO, <strong>de</strong> 35 años,fue ejecutado en el área urbana <strong>de</strong>l municipio casanareño<strong>de</strong> Tauramena por integrantes <strong>de</strong> la estrategia militarencubierta <strong>de</strong>l Estado. Se tipificó allí una EjecuciónExtrajudicial, como violación <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanos,y un Homicidios Intencional <strong>de</strong> Persona Protegida, comoinfracción al DIH.El sábado 4 <strong>de</strong> julio <strong>de</strong> 1998, luego <strong>de</strong> ser amenazadapersistentemente por integrantes <strong>de</strong> la estrategia militarencubierta, o paramilitares, éstos <strong>de</strong>saparecieron forzadamentea la educadora ESPERANZA CORDÓN RINCÓN.Casanare: exhumando el genocidioEl viernes 27 <strong>de</strong> febrero <strong>de</strong> 1998, hacia las 18:30 horas,integrantes <strong>de</strong> la estrategia militar encubierta <strong>de</strong>nominada ACC,ejecutaron en su resi<strong>de</strong>ncia <strong>de</strong> la vereda Unete, <strong>de</strong>l municipiocasanareño <strong>de</strong> Aguazul, a JOSÉ SACRAMENTO JIMÉNEZRIVERA, <strong>de</strong> 57 años. Dos paramilitares llegaron hasta su casa,uno <strong>de</strong> ellos ingresó a su casa/tienda y pidió una cerveza ycuando la víctima dio la espalda para buscar la cerveza, ledisparó con una pistola 9 mm. Miembros <strong>de</strong>l Ejército hicieronpresencia allí poco tiempo <strong>de</strong>spués, pero el levantamiento <strong>de</strong>lcadáver no se realizó hasta el día siguiente por parte <strong>de</strong> unaInspectora <strong>de</strong> Policía.En el <strong>de</strong>recho internacional <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanosse tipifica como Ejecución Extrajudicial y en el DIHcomo Homicidio Intencional <strong>de</strong> Persona protegida.El miércoles 11 <strong>de</strong> marzo <strong>de</strong> 1998, una patrulla <strong>de</strong>lEjército adscrita a la Brigada XVI, interceptó al campesinoFue perpetrado allí el crimen <strong>de</strong> Desaparición Forzada,violación grave <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanos y crimen <strong>de</strong>lesa humanidad.El martes 15 <strong>de</strong> septiembre <strong>de</strong> 1998, miembros <strong>de</strong> laestructura militar encubierta sacaron violentamente <strong>de</strong> susviviendas, en el municipio casanareño <strong>de</strong> Pore, a OMAIRAHERNÁNDEZ, propietaria <strong>de</strong>l Hotel Colonial, a TONYBOHÓRQUEZ, gere nte <strong>de</strong> la Terminal <strong>de</strong> Transportes,y a HERNÁN BARRETO, funcionario <strong>de</strong> la Caja Agrarialocal, señalándolos como “auxiliadores <strong>de</strong> la guerrilla” yejecutándolos. También secuestraron ese mismo día, al Alcal<strong>de</strong><strong>de</strong>l municipio.Se configuran allí las violaciones graves <strong>de</strong> los<strong>de</strong>rechos humanos <strong>de</strong> Detención ilegal y Arbitraria yEjecución Extrajudicial, replicándose esta última como24
infracción grave al DIH en tanto Homicidio Intencional<strong>de</strong> Personas Protegidas.El sábado 14 <strong>de</strong> noviembre <strong>de</strong> 1998 fue sacado <strong>de</strong> su fincaEl Palmar, <strong>de</strong> la vereda La Capilla, <strong>de</strong>l municipio casanareño<strong>de</strong> Hato Corozal, y ejecutado por integrantes <strong>de</strong> la estrategiamilitar encubierta <strong>de</strong>l Estado, Don ISAÍAS TORRES ALFONSO,<strong>de</strong> 50 años. Aproximadamente 15 paramilitares llegaron a sufinca hacia las 3:00 horas <strong>de</strong> la madrugada, preguntaron por ély al i<strong>de</strong>ntificarlo se lo llevaron hacia la carretera que conduce aArauca. Cuando amaneció, sus hijos fueron a buscarlo y hacialas 9:00 horas encontraron su cuerpo <strong>de</strong>capitado y <strong>de</strong>strozadoen el sitio La Chamiza, <strong>de</strong> la vereda Marabre, a escasos metros<strong>de</strong> la vía marginal <strong>de</strong>l Llano. Entre las 9:00 y las 15:00 horasestuvieron buscando su cabeza hasta encontrarla a 100 metros<strong>de</strong> distancia <strong>de</strong>l cuerpo, pudiendo verificar que la habían hechoun disparo por la boca que tenía orificio <strong>de</strong> salida por la parte<strong>de</strong> atrás <strong>de</strong>l cráneo; también presentaba fuertes hematomas,producto <strong>de</strong> torturas; sin embargo no pudieron encontrar elcorazón, el cual le había sido extraído, como tampoco susdocumentos <strong>de</strong> i<strong>de</strong>ntidad que él llevaba consigo. Los victimariosestaban comandados por alias “Pocheche” y alias “Diego”,reconocidos paramilitares que patrullaban con el Ejército a lavista <strong>de</strong> todo el mundo, particularmente con el Mayor Pulido,<strong>de</strong>l Batallón 25 <strong>de</strong> la Brigada XVI. Un mes antes <strong>de</strong>l crimen,miembros <strong>de</strong>l Ejército habían estado preguntando a los vecinospor la ubicación precisa <strong>de</strong> Don Isaías. Siete meses <strong>de</strong>spués <strong>de</strong>lcrimen, uno <strong>de</strong> los hijos <strong>de</strong> Don Isaías, quien acababa <strong>de</strong> prestarservicio militar obligatorio, fue abordado por el paramilitaralias “Pocheche” quien le dijo que esa noche tenía que matara alguien y ese alguien era él. La víctima acudió a un oficial <strong>de</strong>inteligencia <strong>de</strong>l Ejército para pedirle ayuda y él le respondió:“yo me encargo <strong>de</strong> arreglar el problema”; así cesó la amenaza.A pesar <strong>de</strong> que la Fiscalía asumió esta investigación, nunca dioresultados y ha respondido siempre que “ignora el para<strong>de</strong>ro<strong>de</strong>l expediente”. Otro hijo <strong>de</strong> Don Isaías, AURELIO TORRESRODRÍGUEZ, <strong>de</strong> 23 años, quien participó en la búsqueda<strong>de</strong> su cuerpo, en mayo <strong>de</strong> 1999 fue abordado por una mujerconocida como “La Mafiosa”, quien le pidió que condujera sucarro hasta la finca <strong>de</strong> ella y al llegar allí fue asesinado <strong>de</strong>ntro<strong>de</strong>l mismo carro; su cadáver fue <strong>de</strong>jado junto al Río Casanare.Se reproduce en este caso la secuencia <strong>de</strong> violacionesgraves a los <strong>de</strong>rechos humanos más común en laregión: Inteligencia sobre la víctima; Detención Ilegal yArbitraria; Tortura; Ejecución Extrajudicial, Persecucióna su familia y a su entorno social, Profanación <strong>de</strong>lcadáver, infringiendo al mismo tiempo con todosestos hechos el Derecho Internacional Humanitario.Impresiona especialmente el ensañamiento en el cuerpo<strong>de</strong> la víctima, arrancándole su corazón y su cabeza, loque revela la perversidad extrema <strong>de</strong> los victimarios ysus rasgos patológicos, pues se afirma en la región queacostumbran sacar el corazón para beber su sangre.Impresiona también la estrecha coordinación y unidad<strong>de</strong> acción entre la estrategia militar abierta <strong>de</strong>l Estadoy su estrategia encubierta; incluso en el caso <strong>de</strong> querelaciones personales lleven a algún oficial a impedirun crimen, como aquí se comprueba.El viernes 20 <strong>de</strong> noviembre <strong>de</strong> 1998 culminó una serie <strong>de</strong>hostigamientos <strong>de</strong> los integrantes <strong>de</strong>l Batallón Navas Pardo <strong>de</strong>lEjército Nacional contra los pobladores <strong>de</strong>l poblado La Cabuya,que hace <strong>de</strong> frontera entre los <strong>de</strong>partamentos <strong>de</strong> Casanarey Arauca, hostigamientos que se iniciaron el 5 <strong>de</strong> noviembrey concluyeron en una masacre <strong>de</strong> 5 campesinos. Uno <strong>de</strong> losmasacrados, el Señor RITO ANTONIO DÍAZ DUARTE, habíasido <strong>de</strong>tenido por un Capitán que comandaba la unidad, quienle manifestó que “él no lo podía matar porque era civil y los<strong>de</strong>rechos humanos le caerían, pero que <strong>de</strong>spués venían otros,que sí venían porque el Ejército sabía quiénes eran torcidosy quiénes no, y que tan pronto se fueran ellos, vendrían losquita-cabezas”. El Señor Rito Antonio, por convenio entre losalcal<strong>de</strong>s <strong>de</strong> Sácama (Casanare) y Tame (Arauca) y miembros<strong>de</strong> una asociación <strong>de</strong> camioneros, recolectaba recursosvoluntarios para el pago <strong>de</strong> trabajadores y combustible <strong>de</strong>las máquinas que estaban haciendo el mantenimiento <strong>de</strong> lacarretera llamada “Ruta <strong>de</strong> los Libertadores”. Así ocurrió,pues al “retirarse” –al parecer ficticiamente- los militares, enla madrugada <strong>de</strong>l 20 <strong>de</strong> noviembre entró gente armada yuniformada que <strong>de</strong>cían ser paramilitares y masacraron alSeñor RITO ANTONIO DÍAZ DUARTE, a las señoras ALICIARAMÍREZ MÉNDEZ y LEONOR CARRILLO NIÑO, a EFRAÍNCARVAJAL y a SAMUEL SILVA. Los cadáveres fueron <strong>de</strong>jadosa ambos lados <strong>de</strong>l puente limítrofe <strong>de</strong> La Cabuya, unos sobreterritorio casanareño y otros sobre territorio araucano. Cerca<strong>de</strong>l lugar estaba la vivienda <strong>de</strong>l Cacique <strong>de</strong>l Resguardo U’wa,Álvaro Salón, quien fue obligado a meterse <strong>de</strong>bajo <strong>de</strong> la camapor los victimarios y fue testigo <strong>de</strong> la masacre, condición queseguramente influyó en la persecución <strong>de</strong> que fue objeto en losaños siguientes hasta ser ejecutado en 2007.El episodio, que constituyó una cruel carnicería que nunca se haborrado <strong>de</strong> la memoria <strong>de</strong> araucanos y casanareños, revela muynítidamente la unidad <strong>de</strong> acción entre militares y paramilitarespara perpetrar crímenes <strong>de</strong> lesa humanidad, como estasEjecuciones Extrajudiciales que infringen simultáneamente elDerecho Internacional <strong>de</strong> los Derechos Humanos y el DerechoInternacional Humanitario, señalando la responsabilidad <strong>de</strong>lEstado que actuó a través <strong>de</strong> agentes directos e indirectos.El miércoles 2 <strong>de</strong> diciembre <strong>de</strong> 1998 fue ejecutadoCARLOS HERNANDO VARGAS SUÁREZ. El 5 <strong>de</strong> diciembre<strong>de</strong> 1997 había sido elegido por el Consejo Directivo <strong>de</strong>CORPORINOQUIA como Director <strong>de</strong> dicha corporación,integrada por los <strong>de</strong>partamentos <strong>de</strong> Arauca, Meta, Vichada,Boyacá, Cundinamarca y Casanare, con se<strong>de</strong> en Yopal, paraejercer el control ambiental <strong>de</strong> toda esa región. Pronto entendióque <strong>de</strong>fen<strong>de</strong>r el medio ambiente <strong>de</strong> la región implicaba estorbarlos intereses <strong>de</strong> las transnacionales petroleras y comenzó a sentirtemor por su vida. En la audiencia pública <strong>de</strong>l 31 <strong>de</strong> julio <strong>de</strong>1998, don<strong>de</strong> se discutió la Licencia Ambiental Única solicitadapor la empresa British Petroleum Ex. al Ministerio <strong>de</strong>l MedioAmbiente y apoyada por varios alcal<strong>de</strong>s <strong>de</strong> la región, CarlosHernando, como Director <strong>de</strong> CORPORINOQUIA, se opuso asu expedición. Luego animó a los campesinos a <strong>de</strong>nunciar loscostos ambientales y a exigir compensaciones a las empresaspetroleras por sus <strong>de</strong>terioros <strong>de</strong>l medio ambiente. Tambiénse propuso aplicar la Ley 99 <strong>de</strong> 1993 que contemplabacompensaciones ambientales para las empresas que utilizaranaguas <strong>de</strong> fuente natural, Ley que las obligaba a <strong>de</strong>stinar el 1°<strong>de</strong> la inversión a la recuperación, preservación y vigilancia <strong>de</strong> lacuenca hidrográfica que alimentara la respectiva fuente hídrica.También combatió las certificaciones falsas <strong>de</strong> reforestaciónque daban algunos funcionarios. Todo esto lo enemistó conlas empresas petroleras y el 2 <strong>de</strong> diciembre <strong>de</strong> 1998, luego <strong>de</strong>haber asistido a una reunión en las instalaciones <strong>de</strong> la compañíaPERENCO COLOMBIA S.A., don<strong>de</strong> se había discutido condicha empresa el resarcimiento <strong>de</strong> daños ocasionados por ellaal medio ambiente por <strong>de</strong>rramamiento <strong>de</strong> petróleo al río CravoSur, la camioneta en que se transportaba fue interceptada poruna moto conducida por paramilitares, cuando se dirigía a casa<strong>de</strong> su hermana, siendo ejecutado en el acto.Es evi<strong>de</strong>nte el crimen <strong>de</strong> Ejecución Extrajudicial comoviolación grave a los <strong>de</strong>rechos humanos, replicadoCinep • Cospacc25
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