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ISSN 0123-3637 - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

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Casanare: exhumando el genocidioNo sólo se tipifica allí el crimen <strong>de</strong> la EjecuciónExtrajudicial como violación <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanos,añadido al <strong>de</strong> la Detención Ilegal y Arbitraria y al <strong>de</strong>la Desaparición Forzada y Tortura, como también elcrimen <strong>de</strong> guerra <strong>de</strong>l Homicidio Intencional <strong>de</strong> PersonaProtegida, sino que se comprueban nítidamentelas características <strong>de</strong>l “Falso Positivo”, planeadointencionalmente por la comandancia <strong>de</strong> la unidadmilitar responsable <strong>de</strong> la “Operación Eclipse”.El miércoles 16 <strong>de</strong> enero <strong>de</strong> 2008, hacia las 10:00 horas,fue ejecutado en los alre<strong>de</strong>dores <strong>de</strong> la finca Caño Limón,<strong>de</strong> su propiedad, en la vereda Monterralo <strong>de</strong>l municipiocasanareño <strong>de</strong> Aguazul, ARMANDO MONTAÑEZ. Ese díaestaba trabajando en su finca con su hijo <strong>de</strong> 9 años y untrabajador <strong>de</strong> apellido Jutinico. En un momento se acercarona la vivienda al ver que había allí gente extraña y les salieron 4hombres armados en trajes civiles, dos <strong>de</strong> ellos con capuchas,quienes los persiguieron disparando mientras ellos huían. Elhijo <strong>de</strong> Armando y el trabajador se enredaron en el pasto ycayeron al piso siendo encañonados por los armados quienesles preguntaron si ellos eran <strong>de</strong>l ELN; entre tanto Armandosiguió huyendo siendo perseguido por dos <strong>de</strong> los armados;uno <strong>de</strong> éstos gritaba que Armando era “el papá <strong>de</strong> los ‘elenos’<strong>de</strong> Monterralo”, lo que i<strong>de</strong>ntificaba a los victimarios comointegrantes <strong>de</strong>l bloque militar/ paramilitar. El cadáver <strong>de</strong>Armando fue hallado dos días <strong>de</strong>spués a dos kilómetros <strong>de</strong> sufinca con dos impactos <strong>de</strong> arma <strong>de</strong> fuego en su cabeza.Fue perpetrada una Ejecución Extrajudicial comoviolación grave <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanos fundamentales,constitutiva a la vez <strong>de</strong> infracción grave –o crimen <strong>de</strong>guerra- <strong>de</strong>l DIH, en cuanto Homicidio Intencional<strong>de</strong> Persona Protegida. Las circunstancias permitenpercibir el mo<strong>de</strong>lo <strong>de</strong> intimidación a la poblacióncivil trabajadora i<strong>de</strong>ntificándola arbitrariamente conla insurgencia y sometiéndola al terror, quizás paraaplicar la táctica criminal <strong>de</strong> “quitarle el agua al pez”,evadiendo todo enfrentamiento con la insurgenciaarmada y exterminando a la población <strong>de</strong>l entorno paratratar <strong>de</strong> alejarla sin riesgos para los victimarios.El jueves 17 <strong>de</strong> enero <strong>de</strong> 2008, en horas <strong>de</strong> la mañana,en la vereda El Tablón, <strong>de</strong>l municipio <strong>de</strong> Tame (Arauca),miembros <strong>de</strong>l Ejército Nacional adscritos a la Brigada XVIcon se<strong>de</strong> en Yopal, <strong>de</strong>tuvieron ilegal y arbitrariamente aDOMINGO PASCUAL OCHOA y a HOLLMAN ALIRIOPACHÓN, cuando los dos jóvenes esperaban la buseta quecubría la ruta <strong>de</strong> Tame al municipio casanareño <strong>de</strong> Sácama,lugar don<strong>de</strong> residían. Fueron vistos por última vez con vida,por un testigo, trabajador <strong>de</strong>l sector, hacia las 8:00 horas, enun retén <strong>de</strong>l Ejército Nacional. En horas <strong>de</strong> la tar<strong>de</strong>, el Ejércitoreportó la “muerte en combate <strong>de</strong> dos presuntos miembros <strong>de</strong>lfrente 28 <strong>de</strong> las FARC”. Ocho días <strong>de</strong>spués, el presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong>la Junta <strong>de</strong> Acción Comunal <strong>de</strong> la vereda El Tablón, quiense había apersonado <strong>de</strong> las gestiones <strong>de</strong> <strong>de</strong>volución <strong>de</strong> loscuerpos a los familiares, resulto muerto en circunstancias queaun están por establecer.Nuevamente el libreto <strong>de</strong>l “Falso Positivo” se aplicarigurosamente para encuadrar violaciones graves a los<strong>de</strong>rechos humanos e infracciones graves al DIH.El lunes 24 <strong>de</strong> marzo <strong>de</strong> 2008, siendo aproximadamentelas 8:30 horas, EIBER ISIDRO MENDOZA VARGAS, <strong>de</strong> 22años <strong>de</strong> edad, se <strong>de</strong>splazaba <strong>de</strong>s<strong>de</strong> el caserío <strong>de</strong> Monterralo,<strong>de</strong>l municipio <strong>de</strong> Aguazul, hacia la vereda Los Lirios <strong>de</strong>l mismomunicipio. Habiendo recorrido aproximadamente 1 kilómetro,fue <strong>de</strong>tenido y ejecutado por miembros <strong>de</strong>l Batallón RamónNonato Pérez, adscrito a la Brigada XVI <strong>de</strong>l Ejército con se<strong>de</strong>en Yopal, quienes tenían montado un retén. Cuando la esposa<strong>de</strong> EIBER ISIDRO llegó al lugar, al preguntar por su esposole respondieron que no habían visto pasar a nadie; luego <strong>de</strong>simular que se comunicaban por radio, le confirmaron queellos no sabían nada <strong>de</strong> su esposo. Ella permaneció en el lugarhasta la 13:30 horas sin lograr que le dieran paso, por lo cualse regresó a Monterralo y <strong>de</strong> ahí a la vereda Unete, lugar don<strong>de</strong>resi<strong>de</strong> su señora madre. A las 15:30 horas, miembros <strong>de</strong>l CTIse comunicaron con una <strong>de</strong> las hermanas <strong>de</strong> la esposa, a quienle informaron que EIBER ISIDRO MENDOZA VARGAS habíasido abatido por el Ejército en Monterralo y que fueran alGAULA <strong>de</strong> Yopal a reclamar el cuerpo. Luego <strong>de</strong> que la viudase apersonó para a<strong>de</strong>lantar las diligencias judiciales, recibióamenazas por parte <strong>de</strong> miembros <strong>de</strong> la Brigada XVI, siendoobjeto <strong>de</strong> constantes seguimientos y amenazas.Es el GAULA nuevamente el <strong>de</strong>terminador <strong>de</strong> este nuevo“Falso Positivo”, constitutivo <strong>de</strong> violación grave a los<strong>de</strong>rechos humanos en tanto Ejecución Extrajudicial y <strong>de</strong>infracción grave al DIH en tanto Homicidio Intencional<strong>de</strong> Persona Protegida. El engaño a los dolientes <strong>de</strong> lavíctima, impidiéndoles conocer la suerte <strong>de</strong> sus seresqueridos, acusa los elementos esenciales <strong>de</strong>l crimen<strong>de</strong> Desaparición Forzada <strong>de</strong> Personas y constituye a lavez una Amenaza, contemplada como violación <strong>de</strong> los<strong>de</strong>rechos humanos e infracción al DIH, Amenaza queen este caso se vio múltiples veces explicitada comoretaliación al elemental <strong>de</strong>ber <strong>de</strong> un ser humano, <strong>de</strong> noaceptar que se <strong>de</strong>struyen las vidas <strong>de</strong> sus seres queridossin justificación alguna e impunemente.El sábado 19 <strong>de</strong> julio <strong>de</strong> 2008, militares <strong>de</strong>l BatallónBIRNO 44, <strong>de</strong> la Brigada XVI <strong>de</strong> Ejército Nacional, <strong>de</strong>tuvieronilegal y arbitrariamente a SEGUNDO HURTADO RODRÍGUEZcuando se encontraba realizando el servicio <strong>de</strong> transporte <strong>de</strong>pasajeros en una motocicleta <strong>de</strong> su propiedad, haciendo elrecorrido <strong>de</strong>s<strong>de</strong> la escuela <strong>de</strong> la vereda Plan Brisas hasta unavivienda ubicada en la vía a la vereda el Retiro, <strong>de</strong>l municipiocasanareño <strong>de</strong> Aguazul, con el fin <strong>de</strong> participar en unacelebración eucarística. Siendo las 10:00 horas, los militaresdispararon al aire en tres ocasiones cuando cruzaba en lamotocicleta. Segundo regresó al lugar don<strong>de</strong> se encontrabanlos militares pidiendo explicación por lo sucedido, a lo cualle respondieron que esto era consecuencia <strong>de</strong> no acatar laor<strong>de</strong>n <strong>de</strong> pare, pero la víctima indicó que no existía ningunaseñalización. Los militares procedieron a requisarlo, pidieronsu cédula, lo retuvieron por más <strong>de</strong> 20 minutos y al ver quela víctima advirtió que los <strong>de</strong>nunciaría por estos hechos,seguidamente lo <strong>de</strong>jaron en libertad.Se configuran aquí las violaciones <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechoshumanos <strong>de</strong> Atentado, Amenaza y Detención Ilegal yArbitraria. En no pocas ocasiones, los militares hanjustificado “Falsos Positivos” mediante la explicación<strong>de</strong> que las víctimas no acataron “ór<strong>de</strong>nes <strong>de</strong> pare”que nunca se dieron. Sin embargo las normas vigentesprohíben disparar a las personas cuando eventualmenteno se acata una or<strong>de</strong>n <strong>de</strong> pare.El jueves 16 <strong>de</strong> octubre <strong>de</strong> 2008, militares <strong>de</strong>l Batallón<strong>de</strong> Contraguerrilla 65, <strong>de</strong> la XVI Brigada <strong>de</strong>l Ejército Nacionalejecutaron al campesino MARCO TULIO PEÑALOZA en lavereda Sizaraque, <strong>de</strong>l municipio casanareño <strong>de</strong> Támara. Siendolas 15:00 horas, fue sacado <strong>de</strong> su casa a la vista <strong>de</strong> al menostres testigos y más a<strong>de</strong>lante simularon un combate. Al disparar,los militares <strong>de</strong>l CG-65 resultaron enfrentados con otra patrulla58

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