Programa Gobierno MAS- IPSP 2005.pdf - Constituyentesoberana.org
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La exigencia de la Asamblea Constituyente, deberá ser un escenario plural, pacífico e<br />
incluyente para la construcción de un estado multinacional y pluricultural, por ello será<br />
fiel a los principios de las cosmovisiones originarias y de los sectores sociales urbanos y<br />
de las aspiraciones de ambas dimensiones que defienden la vida en armonía, condenan<br />
las desigualdades, injusticias y lacerante corrupción, asumen como convicción<br />
implementar un nuevo Estado multinacional y pluricultural.<br />
Históricamente en Bolivia se realizaron más de una veintena reformas constitucionales,<br />
la mayoría de ellas promulgadas en congresos constituyentes, estos jamás han sido<br />
participativos, siempre se conformaron desde el poder oligárquico dominante y nunca<br />
desde el pueblo.<br />
En base a todos estos fundamentos, el Movimiento al Socialismo, Instrumento Político<br />
por la Soberanía de los Pueblos, plantea el siguiente proyecto de Ley Especial de<br />
convocatoria a la Asamblea Constituyente, acorde a lo establecido en el Art. 232 de la<br />
actual Constitución Política del Estado y que se basa en otros proyectos consensuado<br />
con las <strong>org</strong>anizaciones sociales.<br />
Por tanto, planteamos constituir la Asamblea Constituyente, basada fundamentalmente<br />
en el principio de representación proporcional de cada nación originaria, sector social y<br />
minorías para la elección de las y los Asambleístas en base a las circunscripciones<br />
uninominales , eligiendo dos asambleístas por mayoría y uno por minoría, en cada una<br />
de ellas para garantizar una representación, participación igualitaria de cada parte a<br />
través de partidos políticos, agrupaciones ciudadanas y/o pueblos originarios. Una vez<br />
constituida la Asamblea iniciará su labor eligiendo su directiva en forma autónoma. La<br />
Elección del Presidente de la Asamblea Constituyente y sus diferentes comisiones, será<br />
por simple mayoría a fin de facilitar un proceso viable. Considerando que la Ley de<br />
Agrupaciones Ciudadanas y Pueblos Indígenas, recoge la exigencia y conquista de los<br />
pueblos indígenas en general, elegirá 26 representantes elegidos por usos y costumbres.<br />
Todo esto deberá ser analizado, discutido y debatido en la etapa de aprobación de la Ley<br />
de convocatoria a la Asamblea constituyente y necesariamente deberá ser tratado en la<br />
próxima legislatura.<br />
Esta propuesta es oportuna en el entendido de que en las elecciones generales y<br />
prefecturales del próximo 4 de diciembre, el pueblo boliviano con su voto conformará<br />
un nuevo parlamento; el cual de acuerdo a las prerrogativas que le da la constitución<br />
política del estado aprobará la Ley Especial de Convocatoria en forma correcta y leal al<br />
pueblo.<br />
De esta manera el Movimiento al Socialismo <strong>IPSP</strong>, habrá cumplido su reto histórico de<br />
crear, construir y fundar un nuevo Estado multinacional y pluricultural más justo y<br />
armónico.<br />
VI. AUTONOMIAS REGIONALES Y DE LOS PUEBLOS<br />
6.2 VISIÓN GENERAL DE LAS AUTONOMÍAS