Programa Gobierno MAS- IPSP 2005.pdf - Constituyentesoberana.org
Programa Gobierno MAS- IPSP 2005.pdf - Constituyentesoberana.org
Programa Gobierno MAS- IPSP 2005.pdf - Constituyentesoberana.org
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
5) Apoyo a la ot<strong>org</strong>ación de derechos para servicios turísticos en beneficio de las<br />
poblaciones y <strong>org</strong>anizaciones locales.<br />
6) En las tierras ocupadas, accedidas o usadas por pueblos y comunidades indígenas,<br />
campesinas u originarias, cuyos derechos propietarios estén o no reconocidos<br />
legalmente, y que tengan a la vez, calidad de Área Protegida, la administración de la<br />
protección y conservación podrá ser desarrollada de manera autónoma por las<br />
<strong>org</strong>anizaciones propias del o los pueblos y comunidades u otras creadas por ellos.<br />
7) El Servicio Nacional de Áreas Protegidas (SERNAP) fortalecido, coordinará con las<br />
autoridades indígenas de las Tierras Comunitarias de Origen, sin designar o delegar<br />
autoridad alguna que interfiera o intervenga en la gestión social autónoma de dichas<br />
áreas. El SERNAP promoverá y ejecutará programas de fortalecimiento <strong>org</strong>anizativo y<br />
educación ambiental, tendientes a lograr la administración social directa del área.<br />
8) No se ot<strong>org</strong>arán nuevos derechos de exploración o explotación para el<br />
aprovechamiento de recursos mineros e hidrocarburíferos dentro de las áreas protegidas,<br />
sin previa consulta y autorización expresa de los pueblos y comunidades indígenas y<br />
campesinas originarias usuarias o habitantes del lugar en los términos establecidos por<br />
el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ratificado por Ley<br />
de la República No. 1257. Cuando dichas actividades extractivas sean autorizadas, se<br />
suscribirá un contrato accesorio que formará parte y tendrá el mismo valor jurídico que<br />
los contratos suscritos por los órganos reguladores competentes que ot<strong>org</strong>uen derecho<br />
de aprovechamiento de recursos mineros, hidrocarburíferos y forestales.<br />
9) Creación de una regalía socio-ambiental para operaciones hidrocarburíferas y<br />
mineras que ya están efectuándose dentro de Áreas Protegidas, que implica el pago de<br />
un monto económico anual por el derecho de aprovechamiento de recursos no<br />
renovables en áreas de riesgo y vulnerabilidad ecológica y social. Las recaudaciones<br />
serán invertidas en su totalidad en la región afectada, bajo administración compartida de<br />
las <strong>org</strong>anizaciones sociales campesinas indígenas u originarias del lugar, las entidades<br />
estatales y los gobiernos municipales, para fines de promoción de actividades de<br />
conservación y actividades productivas con beneficio social.<br />
10) El manejo con fines de aprovechamiento sostenible en Tierras Comunitarias de<br />
Origen y Propiedades Comunarias tituladas o demandadas y en propiedades privadas<br />
será autorizada exclusivamente a los propietarios o demandantes del área en la que se<br />
encuentren ejerciendo la custodia de las especies de vida silvestre e hidrobiológicas<br />
solicitadas, en cumplimiento a las normas específicas de acceso a estos recursos. Se<br />
promoverá su aprovechamiento comercial con beneficio social.<br />
11) Promoción y apoyo al aprovechamiento de recursos naturales para fines de<br />
ecoturismo, etnoecoturismo, agroecoturismo o turismo; el mismo que será desarrollado<br />
por los propietarios agrarios y por pueblos y comunidades indígenas, campesinas u<br />
originarias, con base en Planes de Manejo. El <strong>Gobierno</strong> desarrollará una estrategia<br />
nacional de turismo con inversiones públicas beneficiando a operadores locales,<br />
particularmente a aquellos que trabajen con comunidades indígena y campesinas.