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FUNDAMENTOS DE LOS SEGUROS - Centro AFIN

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Capítulo 3<br />

CINCO PRODUCTOS<br />

<strong>DE</strong> MICROSEGURO<br />

cliente, un ciclo de crédito más tarde. Alternativamente, el cliente podría<br />

designar un conjunto de personas adicionales al inicio del crédito elegible, y<br />

afrontar un período de carencia (quizá de hasta seis meses) antes de que la<br />

cobertura entre en vigor. La primera opción requiere planificación<br />

administrativa y capacidad de previsión; en el segundo caso, los clientes<br />

pagarán por la cobertura antes de recibirla.<br />

La segunda dificultad en materia de selección adversa en el caso de la póliza<br />

de vidas adicionales se plantea cuando los tomadores existentes desean<br />

modificar su lista de designados. Este tipo de situación debe considerarse un<br />

motivo de alerta, ya que existe una elevada probabilidad de que el cliente trate<br />

de sustituir una persona de bajo riesgo por un candidato de riesgo superior.<br />

Una solución consiste en prohibir las modificaciones de la lista y brindar a los<br />

clientes una única oportunidad para designar los beneficiarios adicionales. Si<br />

esta medida de control parece excesivamente severa y la IMF desea permitir<br />

los cambios, los nuevos designados deberán superar un período de carencia.<br />

Se propone que los tomadores de las pólizas notifiquen por escrito su intención<br />

de incorporar un nuevo miembro a su póliza, y que éste se beneficie de la<br />

cobertura una vez transcurridos seis meses desde la recepción de la<br />

notificación referida.<br />

Con este período de carencia se pretende proteger al asegurador, por ejemplo,<br />

de cubrir a un familiar que, después de que le sea diagnosticado SIDA, haya<br />

regresado a su hogar a morir. Cuanto más prolongado sea el período de<br />

carencia, más protegido se encontrara el régimen de seguro frente a este tipo<br />

de riesgo, pero si se opta por un período demasiado largo, el régimen resultará<br />

poco atractivo.<br />

Podrán considerarse excepciones a estos períodos de carencia en ciertas<br />

circunstancias, como las de nacimiento de un hijo si la póliza en<br />

cuestión cubre a menores de edad. Otra excepción podría consistir<br />

en la sustitución de miembros existentes que dejan de pertenecer<br />

al grupo definido por los límites de edad establecidos. Tales<br />

cuestiones relativas a la cobertura de la póliza de vidas<br />

adicionales ponen de relieve las complicaciones administrativas<br />

asociadas a este producto.<br />

Aunque es objeto de un elevado riesgo de selección adversa, la póliza de<br />

continuación no requiere la imposición de un nuevo período de carencia , ya<br />

que el cliente habrá superado previamente el correspondiente a la prestación<br />

adicional. Si el asegurado rescinde su póliza de continuación, sólo podrá<br />

volver a suscribirla si obtiene antes un crédito.<br />

95<br />

Guía técnica para el desarrollo y la provisión de microseguros<br />

Téngase en cuenta que todo<br />

cambio en el diseño de las<br />

pólizas puede tener<br />

consecuencias graves e<br />

imprevistas, por lo que las<br />

decisiones de alterar estos<br />

productos no deben tomarse a<br />

la ligera.

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