FUNDAMENTOS DE LOS SEGUROS - Centro AFIN
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Capítulo1<br />
1.5<br />
Seguro de accidentes por un valor de 1.000 dólares<br />
para todos los miembro<br />
<strong>FUNDAMENTOS</strong> <strong>DE</strong> <strong>LOS</strong> <strong>SEGUROS</strong><br />
La póliza de seguro de accidentes descrita en el recuadro 1.5 es un ejemplo de<br />
la utilización de algunos de los términos esenciales introducidos en los<br />
apartados anteriores. Es interesante señalar el grado de especificidad y de<br />
detalle que aplica el asegurador al definir el evento asegurado. Tal<br />
especificidad es necesaria para reducir al mínimo desacuerdos de<br />
interpretación que, de otro modo, podrían darse en una liquidación de<br />
siniestros. Las exclusiones, concebidas para proteger al asegurador respecto<br />
a riesgos morales y covariantes, también son bastante específicas.<br />
Seguro de accidentes por un valor de 1.000 dólares<br />
para todos los miembros<br />
Como miembro de la Cooperativa de Crédito de edad igual o superior<br />
a 18 años, tiene derecho a un seguro de accidentes y fallecimiento por<br />
accidente por un importe de 1.000 dólares. Las primas correspondientes<br />
a esta cobertura básica serán abonadas por su Cooperativa de Crédito.<br />
NO SUPONDRÁ NINGÚN COSTO PARA USTED. A fin de recibir su<br />
Certificado de Seguro, CUMPLIMENTE Y ENVÍE POR CORREO EL<br />
FORMULARIO <strong>DE</strong> SOLICITUD ADJUNTO. (En Nueva York y Carolina<br />
del Norte, la cobertura se reduce en un 50 % a los 70 años de edad.)<br />
En este resumen figura una explicación general del seguro referido,<br />
pero su contenido no modifica ni afecta en modo alguno al seguro<br />
ofrecido con arreglo a la póliza efectivamente emitida. Todas las<br />
coberturas se someten a las condiciones y exclusiones reales de la<br />
póliza. Cada miembro que participe en el plan recibirá un certificado de<br />
seguro en el que se describirá la cobertura exacta y las prestaciones<br />
provistas.<br />
Importe de la prestación<br />
Cuando el accidente cubierto da lugar a alguna de las siguientes<br />
pérdidas en el plazo de un año desde la fecha de su acaecimiento (del<br />
evento asegurado), la Compañía entregará, en una única suma, los<br />
importes que siguen:<br />
fallecimiento, 1.000 dólares;<br />
pérdida de dos miembros u órganos (mano, pie u ojo), 1.000 dólares;<br />
pérdida del habla y del oído, 1.000 dólares;<br />
1.5<br />
pérdida completa de la visión en ambos ojos, 1.000 dólares;<br />
pérdida completa de la visión en un ojo, 1.000 dólares;<br />
23<br />
Guía técnica para el desarrollo y la provisión de microseguros