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Ver/Abrir - Pontificia Universidad Católica del Perú

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entorno y su dependencia relativa en tanto tal dependencia seria una característica de<br />

cualquier sistema.<br />

Sobre este punto señala Luhmann: ―…El Derecho no es política ni economía, ni<br />

religión, ni educación. No produce obras de arte, ni cura enfermedades, ni<br />

distribuye noticias. Sin embargo no podría existir si todas estas cosas no se<br />

dieran. Así, como todo sistema autopoiético, el Derecho sigue dependiendo en<br />

gran medida de su entorno, y lo artificial de la diferenciación funcional <strong>del</strong><br />

sistema social en su conjunto solo incrementa esta dependencia. No obstante,<br />

como sistema cerrado, el Derecho es completamente autónomo al nivel de sus<br />

operaciones. Solo el derecho puede determinar que es legal o ilegal, y al decidir<br />

esta cuestión debe referirse siempre a os resultados de sus propias operaciones<br />

y a las consecuencias que tiene para las futuras operaciones <strong>del</strong> sistema…‖ 54 .<br />

Como segundo punto clave en su pensamiento tenemos el tema de la desigualdad de<br />

los individuos. Sobre el punto Luhmann nos indicará que la existencia de desigualdad<br />

es el lastre de las sociedades antiguas, es decir su análisis de la sociedad<br />

contemporánea parte de un presupuesto de igualdad en el cual cada individuo podría<br />

llegar a operar en distintos subsistemas (tanto en el económico, como el político, como<br />

el de derecho, como el de la religión, etc.).<br />

Con respecto a esta calidad de individuos nos dice que: ―…En el caso de una<br />

diferenciación funcional la persona individualizada ya no puede seguir siendo<br />

radicada permanentemente en un subsistema de la sociedad –y solo en uno-<br />

sino que tiene que ser concebida y considerada como un ser inestable<br />

socialmente, es decir, sin un lugar fijo y único en el que radicarse. Esto significa<br />

que las personas en la actualidad, se caracterizan y se distinguen no solo por<br />

una mayor variedad de atributos (lo que muy bien podría ser puesto en duda),<br />

54 Luhmann, Niklas. “El Derecho como sistema social”. En Teoría de Sistemas y Derecho<br />

Penal, Fundamentos y posibilidad de aplicación. ARA Editores. 2007. Pág. 104<br />

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