Ver/Abrir - Pontificia Universidad Católica del Perú
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el tratamiento normativo <strong>del</strong> arraigado espíritu <strong>del</strong> aborto en los ordenamientos<br />
jurídicos contemporáneos…‖ 97<br />
Sobre la lógica que sigue el profesor Caro con respecto al derecho penal, el fin de la<br />
pena y la relación causal entre los presupuestos lógicos de la propuesta de<br />
despenalizar el aborto en determinados supuestos se aprecia que para él, la sanción<br />
<strong>del</strong> supuesto <strong>del</strong> aborto en todos los casos es: ―… una síntesis de expectativas<br />
normativas de conductas que rigen a pesar que un sector de la sociedad no las<br />
reconozca como válidas en función de una ideología. Si tuviese que<br />
despenalizarse el aborto tan sólo porque a causa de su prohibición en la<br />
práctica clandestina mueren más mujeres de escasos recursos, entonces al<br />
llevar esta ideología a la coherencia habría también que despenalizar el <strong>del</strong>ito de<br />
robo agravado porque quienes más lo cometen son los sujetos pobres…‖ 98<br />
Así, conforme se puede desprender <strong>del</strong> texto, no cabria alegar la despenalización <strong>del</strong><br />
aborto en tanto la sanción <strong>del</strong> mismo refleja las expectativas normativas de la<br />
población y estas expectativas con respecto a la vida <strong>del</strong> feto son su indiscutida<br />
protección. Tales expectativas, a su vez, responden a un proceso histórico social de<br />
evolución.<br />
Como podemos apreciar, se sigue la misma línea de los presupuestos planteados por<br />
el profesor Gunther Jakobs. En función a tal premisa, serán analizados sus postulados<br />
de forma posterior en la presente investigación.<br />
Pasaremos ahora al siguiente argumento, el presentado por el profesor Oré.<br />
b. El Bien Jurídico “Vida Del Concebido” Debe Ser Tutelado Penalmente De<br />
Forma Indiscutida<br />
97 Véase Anexo 2 pagina 2.<br />
98 Véase Anexo 2 pagina 2. (el subrayado es nuestro)<br />
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