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Una sentència i dos anàlisis<br />

que s’han enriquit a costa d’enfonsar la nostra sanitat», que el juez entiende<br />

que no puede considerarse una «expresión de una idea o una opinión, sino<br />

más bien una atribución de hechos que no estaría, por lo tanto, amparada en<br />

la libertad de expresión sino, en su caso, en el derecho a la información» que<br />

para «prevalecer sobre el derecho al honor es necesario que cumpla con el<br />

requisito de veracidad».<br />

La sentencia es lamentable, como confirma su lectura, desde cualquier punto<br />

de vista, pero también jurídicamente. En primer lugar porque, como resulta<br />

obvio, afirmar de un empresario de la sanidad que se ha enriquecido gestionando<br />

la sanidad pública y que el resultado ha sido hundirla tiene un contenido<br />

valorativo evidente. Un contenido que a partir de valoraciones genéricas<br />

muy semejantes se repite, día a día, en casi cualquier medio de comunicación<br />

(«A base de dar dinero a sus amigos en la banca y empresas públicas el presidente<br />

del gobierno está hundiendo el país») sin que nadie en su sano juicio<br />

considere que la emisión de esas opiniones está fuera del legítimo derecho a<br />

la crítica política que pueden hacer medios de comunicación y ciudadanos. Es<br />

más, que es sano que hagan medios de comunicación y ciudadanos en una<br />

democracia normal.<br />

En segundo lugar, porque si aceptáramos la tesis del juez, esto es, que esa<br />

frase contiene información que afecta al honor de una persona y que solo<br />

puede emitirse legítimamente si se demuestra su veracidad, se imponen dos<br />

conclusiones:<br />

– que el carácter genérico de la afirmación hace sencillo probar los únicos<br />

hechos sobre los que versa (enriquecerse con ese negocio y que esté relacionado<br />

con el estado de la sanidad catalana);<br />

– que el juez, en ese caso, debería haber dejado a los imputados intentar probar<br />

esas afirmaciones, ¡algo que sorprendentemente les niega diciendo que el<br />

proceso no puede convertirse en un juicio a la sanidad catalana! O sea, que<br />

dice que la afirmación genérica ha de ser probada y antes, él mismo, había<br />

dicho que ese tipo de afirmaciones genéricas no tiene sentido probarlas ni<br />

pueden ser objeto del proceso. De locos.<br />

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