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Rega-17 (sem issn) - Cepal

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Méndez, E. Z.Mercado de aguas: viabilidad y potencialidades de un instrumento para la reforma de lagestión hídrica en el Perútablecía un mecanismo automático de reajusterespecto a la Unidad Impositiva Tributaria).Este conjunto de cambios se profundizaríadurante los primeros años de la década de los1990s cuando se trasladó la responsabilidad deotorgar licencias de agua a los AdministradoresTécnicos de Agua, quienes tenían muy pocosrecursos y capacidades para cumplir con las funcionesasignadas. Igualmente, dispositivos de laépoca debilitaron explícitamente la autoridadde estos administradores técnicos frente a lasorganizaciones de usuarios de riego.Este desenlace afectó a los usos no agrarios,que se sintieron aún más marginados del sistemade acceso al agua al tener que dependerde organizaciones de usuarios con presenciamasiva de un solo tipo de usuarios (regantes) 14 .Esta situación llevó a que los sectores no agrario<strong>sem</strong>piecen a impulsar normas paralelas yen muchos casos contrarias a la ley de aguasde 1969. El sector saneamiento, por ejemplo,consiguió normas específicas para el manejodel agua de la capital metropolitana en dondela empresa estatal (SEDAPAL) adquirió funcionessimilares a las de una autoridad de aguas.El sector turismo pasó a otorgar directamentelas licencias para aguas minero-medicinales,mientras en el sector energético el Ministeriode Energía y Minas empezó a cobrar las tarifasde agua por uso energético. En general, el sistemaadministrativo centralizado en el Ministeriode Agricultura creado por la ley de 1969empezó a resquebrajarse tanto a nivel sectorialcomo a nivel territorial, en un contexto demayor presión de los usuarios de uso agrario yde las empresas y entidades públicas asociadasa otros usos del agua.Así, durante toda la década de los 1990shubo diversos intentos para cambiar la legislaciónde aguas en el Perú 15 . El sistema de asignacióncreado por la ley de 1969 aparecíacomo crecientemente ineficaz para promoverobjetivos sociales y económicos 16 , y se pensabaque la adopción del “modelo chileno” podríarevertir esta situación. Lamentablemente secometieron diversos errores de forma y fondoen la discusión de la reforma legislativa quellevaron al rechazo de esta reforma por ampliossectores de la sociedad, especialmente porlos agricultores <strong>17</strong> .Sin embargo, de estos intentos se desprendeuna preocupación central por cambiar la lógicadel sistema de asignación del agua y pasar deun esquema puramente administrativo a unoen el cual puedan funcionar mecanismos másflexibles para la asignación del agua como elmercado, es decir, en donde los usuarios tenganderechos de intercambio sobre las dotacionesasignadas. Hay actualmente un crecienteconsenso sobre las limitaciones del sistema administrativovigente para promover inversión enel desarrollo de la oferta hídrica y mejorar laeficiencia en la gestión del agua. Sigue siendopor esto importante evaluar las característicasbásicas del mercado de aguas como instrumentode reasignación del recurso.MERCADO DE AGUAS:CARACTERÍSTICAS BÁSICASEl mercado de aguas se define como el conjuntode intercambios voluntarios de dotacionesde agua entre usuarios con derechos estableci-14Cabe señalar que en las organizaciones de usuarios cadausuario tiene un voto, y por ejemplo una empresa de aguapotable que abastece a millones de habitantes tiene un solovoto frente a los miles de votos de los usuarios agrarios.15Durante la década de los 1990s el Perú atravesó por unprofundo cambio de su sistema económico, pasando de unesquema de intervensionismo estatal en la economía a unmodelo de amplia liberalización y retiro del estado de la interferenciaen el mercado. Dentro de este esquema de liberalizacióneconómica es que se planteó una radical propuestade reforma de la legislación de aguas basada en la privatizaciónde los derechos y la introducción del mercado en suasignación, tomando como modelo la legislación chilena vigenteen ese momento.16Gran parte del problema era su extremada rigidez y dependenciade una administración pública con escaso controlsocial y bajos niveles de profesionalización.<strong>17</strong>En el caso de la legislación chilena, la apertura del mercadode aguas está asociada a la privatización del agua, esdecir, en el orden legal chileno el agua es un recurso sujeto apropiedad privada. Al querer trasladar esta opción al casoperuano, se obvió el hecho de que la Constitución Peruanano consideraba la posibilidad de apropiación privada de losrecursos naturales. Sin embargo, los reformistas no consideraronla posibilidad de activar un mercado de aguas sin necesidadde privatizarla. En un régimen de dominio públicosobre el agua es posible introducir el mecanismo del mercadopara importantes atributos de los derechos.113

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