12.07.2015 Views

Rega-17 (sem issn) - Cepal

Rega-17 (sem issn) - Cepal

Rega-17 (sem issn) - Cepal

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

REGA – Vol. 1, no. 1, p. 75-90, jan./jun. 200478Facultad otorgada a la CNR para asignara INDAP recursos para prefinanciar, hastael monto del subsidio aprobado, loscostos de estudio, construcción y rehabilitaciónde obras de riego y drenaje;Autorización para el inicio anticipado deobras de riego, previo a los llamados aconcurso, si las condiciones climáticas,agronómicas u otras así lo hicieran necesario;Cambios en la ponderación de las variablesde los concursos, de forma de favorecerlos proyectos colectivos y de bajocosto, reduciendo la importancia delaporte propio;Permitir la participación en concursosde predios con dotación excesiva de recursoshídricos, bajo la condición de mejorarla tecnificación del riego a nivelpredial.Es un criterio aceptado en general que lamodificación de mayor trascendencia a la Leyha sido el programa de Riego Campesino. Almargen de los grandes recursos que han sidoasignados a este fin y de los grandes impactosque el riego provoca en la producción, el empleoy los ingresos de los pequeños productores,este es el mecanismo de incremento delpatrimonio campesino de mayor envergaduradesde el reparto de tierra al amparo de la ReformaAgraria (1966-1973).Proceso de aprobación de los beneficiosCorresponde a la CNR la elaboración de lasbases, el llamado a concurso y la revisión delos antecedentes de los postulantes, la admisiónde los proyectos a concurso 1 , la selecciónde los mismos y la adjudicación de las bonificacionesa los proyectos aprobados. La revisióninicial de las obras, su inspección y recepciónla realiza mediante delegación de funcionesa través de las Direcciones Regionales dela DOH y del Servicio Agrícola y Ganadero,(SAG), organismo este último dependiente delMinisterio de Agricultura.La CNR está facultada para aceptar o declarartotal o parcialmente desierto un concurso,si los proyectos presentados no cumplieran lasdisposiciones legales y reglamentarias.Finalizado un concurso, la CNR debe poneren conocimiento público el resultado delmismo, con al menos la siguiente informaciónde cada uno de los proyectos concursantes:nombre del beneficiario, tipo de proyecto, valorde los factores y variables de selección, puntajetotal y orden de prioridad alcanzado. Losinteresados tienen un plazo de 10 días hábilespara apelar ante la CNR por su no admisión alconcurso o por el puntaje obtenido.Proceso Operativo de la aplicación de la LeyEl proceso operativo de la aplicación de laLey, contempla las siguientes característicasprincipales:La postulación de los agricultores se efectúaa nivel regional (Chile se divide en13 regiones, las cuales a su vez se subdividenen provincias y comunas);Se admiten a concurso sólo proyectos quecumplen las bases técnicas y administrativasestipuladas por la CNR; 2La selección de los proyectos se hace enbase a tres factores (aporte de dineroofrecido por el concursante, superficiebeneficiada y costo de la obra), a los quese le asignan determinados puntajes;La construcción de las obras puede iniciarseantes del llamado a concurso, antesde la resolución del concurso o despuésde adjudicado el subsidio.En el casode iniciar las obras con anterioridad a laresolución del consurso, la responsabilidaddel financiamiento es exclusiva delusuario.El plazo máximo para la construcción delas obras, en aquellos proyectos quehayan sido aprobados, es de un año, prorrogablepor causas justificadas por unperíodo similar;El pago del subsidiose efectúa una vezrecibida la obra por la CNR.1Ver ley 18.450 y normas y reglamentos internos de la CNR(Comisión Nacional de Riego- www.chileriego.cl)2idem

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!