28.08.2015 Views

TABLA DE CONTENIDO

INGRESOS BRUTOS Y OTROS IMPUESTOS DE ... - DentroDe.com.ar

INGRESOS BRUTOS Y OTROS IMPUESTOS DE ... - DentroDe.com.ar

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

CÓDIGO TRIBUTARIO PROVINCIAL - Provincia de Tucumán<br />

Solo podrán ser removidos mediante la forma prevista en el artículo 110 y concordantes de la Constitución Provincial.<br />

Son causas de remoción:<br />

a) Mal desempeño de sus funciones,<br />

b) Desorden de conducta,<br />

c) Negligencia reiterada que dilata la sustanciación de los procesos,<br />

d) Comisión de delitos comunes cuyas penas afecten su buen nombre y honor,<br />

e) Inhabilidad física o moral,<br />

f) Violación de las normas sobre incompatibilidad.<br />

Incompatibilidades. Remuneración<br />

Artículo 14— Los miembros del Tribunal no podrán ejercer el comercio, realizar actividades políticas o cualquier actividad profesional, salvo<br />

que se trate de la defensa de sus intereses personales, del cónyuge, de los hijos o de los padres, ni desempeñar empleos públicos o<br />

privados excepto la comisión de estudios o la docencia.<br />

Su retribuciónserá igual a la de los Jueces de las Cámaras de Apelación. El presidente gozará además de un suplemento mensual equivalente<br />

al 10% del sueldo de los demás miembros.<br />

Conjueces. Recusación<br />

Artículo 15— En los casos de excusación, vacancia o impedimento de los miembros del Tribunal Fiscal, éste se integrará por sorteo,<br />

realizado en audiencia pública, de dos listas de seis conjueces. Dichas listas serán elevadas anualmente al Poder Ejecutivo por el Tribunal<br />

Fiscal para su aprobación por la Legislatura y estarán integradas por tres abogados y tres doctores en ciencias económicas o contadores<br />

públicos nacionales.<br />

Sólo será admisible la recusación con causa y por motivos que establezca el Código de Procedimientos Civiles vigentes de la Provincia,<br />

para la recusación con causa de los miembros del Poder Judicial.<br />

Facultades del Presidente<br />

Artículo 16— El presidente del tribunal tendrá las siguientes facultades:<br />

a) Tomar a su cargo el despacho del trámite en todo aquello que no corresponda ser decidido por el tribunal,<br />

b) Nombrar el secretario y el personal que prevea el presupuesto de gastos del tribunal,

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!