28.08.2015 Views

TABLA DE CONTENIDO

INGRESOS BRUTOS Y OTROS IMPUESTOS DE ... - DentroDe.com.ar

INGRESOS BRUTOS Y OTROS IMPUESTOS DE ... - DentroDe.com.ar

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

CÓDIGO TRIBUTARIO PROVINCIAL - Provincia de Tucumán<br />

Pluralidad de actos gravados en un mismo instrumento<br />

Artículo 216— Los impuestos establecidos en esta ley son independientes entre sí y deben ser satisfechos aún cuando varias causas de<br />

gravamen concurran a un solo acto, salvo expresa disposición en contrario.<br />

Obligaciones accesorias<br />

Artículo 217— En las obligaciones accesorias, deberá liquidarse el impuesto aplicable a las mismas, conjuntamente con el que corresponda<br />

a la obligación principal, salvo que se probare que esta última ha sido formalizada por instrumento separado en el cual se haya satisfecho<br />

el gravamen correspondiente.<br />

Pagarés emergentes de contratos<br />

Artículo 218— El sellado que corresponde a los contratos es independiente del que debe abonarse en los pagarés emergentes de ellos<br />

aunque éstos sean otorgados a cuenta de precio, salvo que contengan una leyenda cruzada que los declare intransferibles o no negociables<br />

y sean presentados a las oficinas recuadadoras acompañando al contrato del que emergen.<br />

Podrá la Autoridad de Aplicación, mediante resolución fundada, ad–referendum de la Secretaria de Estado de Hacienda eximir en forma<br />

genérica de la obligación de presentación a las Oficinas recaudadoras de aquellos pagarés que respondan a operatorias y modalidades<br />

especiales que tornen dificultosa tal presentación siendo suplida por otros recuados formales.<br />

Contrato por correspondencia<br />

Artículo 219— Los actos, contratos y operaciones realizadas por correspondencia epistolar o telegráfica, están sujetos al pago de los<br />

impuestos de sellado desde el momento que se formule la aceptación de la oferta. A tal efecto, se considera como instrumentación del acto,<br />

contrato u obligación la correspondencia en la cual se transcriba la propuesta aceptada o sus enumeraciones o elementos esenciales que<br />

permitan determinar el objeto del contrato.<br />

El mismo criterio se aplicará con respecto a las propuestas y presupuestos firmados por al aceptante. Las disposiciones precedentes no<br />

regirán cuando se probase que los actos, hechos u obligaciones se hallaren consignadas en instrumentos debidamente repuestos.<br />

Obligaciones condicionales<br />

Artículo 220— Las obligaciones sujetas a condición serán consideradas como puras y simples a los fines de la aplicación del impuesto.<br />

Prórroga<br />

Artículo 221— Toda prórroga expresa de contrato se considerará como nueva operación sujeta a impuesto.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!