Claves - UGT Andalucía
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104<br />
reflexiones socio<br />
laborales de la<br />
<strong>UGT</strong> <strong>Andalucía</strong><br />
La comunicación y la cultura como factores de desarrollo y<br />
cohesión en <strong>Andalucía</strong><br />
En la web de la Consejería de Economía, Innovación<br />
y Ciencia de la Junta de <strong>Andalucía</strong> he encontrado<br />
un texto (http://www juntadeandalucia<br />
es:9002/indsoc/indicadores/a0010 htm)<br />
donde se comienza constatando la conocida<br />
definición de Edward Burnett Taylor (1832-<br />
1917) sobre cultura: “Cultura o civilización,<br />
tomada en su amplio sentido etnográfico, es<br />
ese complejo de conocimientos, creencias, arte,<br />
moral, derecho, costumbres y cualesquiera otras<br />
aptitudes y hábitos que el hombre adquiere como<br />
miembro de la sociedad” La definición es clásica<br />
y va en la misma línea de otros estudiosos, como<br />
Geertz Sin embargo, la citada web considera<br />
que la definición de Taylor es “imprecisa y poco<br />
clara” puesto que “no hay una definición única<br />
del término cultura, el cual ha ido evolucionando<br />
con el tiempo y el contexto ideológico en que se<br />
produce”<br />
A continuación, se constata: “La Convención de<br />
la UNESCO para la Salvaguardia del Patrimonio<br />
Cultural Inmaterial celebrada en 2003, define<br />
como patrimonio cultural inmaterial, “los usos,<br />
representaciones, expresiones, conocimientos<br />
y técnicas -junto con los instrumentos, objetos,<br />
artefactos y espacios culturales que les son<br />
inherentes- que las comunidades, los grupos y en<br />
algunos casos los individuos reconozcan como<br />
parte integrante de su patrimonio cultural Este<br />
patrimonio cultural inmaterial, que se transmite<br />
Ramón Reig García<br />
Universidad de Sevilla<br />
de generación en generación, es recreado<br />
constantemente por las comunidades y grupos<br />
en función de su entorno, su interacción con<br />
la naturaleza y su historia, infundiéndoles<br />
un sentimiento de identidad y continuidad y<br />
contribuyendo así a promover el respeto de<br />
la diversidad cultural y la creatividad humana<br />
A los efectos de la presente Convención, se<br />
tendrá en cuenta únicamente el patrimonio<br />
cultural inmaterial que sea compatible con<br />
los instrumentos internacionales de derechos<br />
humanos existentes y con los imperativos de<br />
respeto mutuo entre comunidades, grupos e<br />
individuos y de desarrollo sostenible”<br />
Más adelante, el texto oficial de la Junta se<br />
entretiene en recoger cómo en Europa, las<br />
manifestaciones culturales, vinculadas a un<br />
país o región concretos, forman parte al mismo<br />
tiempo del patrimonio cultural común europeo<br />
En este sentido, la Unión Europea persigue los<br />
objetivos de preservar y fomentar la diversidad<br />
cultural y hacerla accesible a todos, lo que<br />
se contempla en el Artículo 151 del Tratado<br />
Constitutivo de la Comunidad Europea de 2002,<br />
donde se afirma que “La Comunidad contribuirá<br />
al florecimiento de las culturas de los Estados<br />
miembros, dentro del respeto de su diversidad<br />
nacional y regional, poniendo de relieve al<br />
mismo tiempo el patrimonio cultural común”<br />
Esta importancia de la cultura aparece también