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Claves - UGT Andalucía

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104<br />

reflexiones socio<br />

laborales de la<br />

<strong>UGT</strong> <strong>Andalucía</strong><br />

La comunicación y la cultura como factores de desarrollo y<br />

cohesión en <strong>Andalucía</strong><br />

En la web de la Consejería de Economía, Innovación<br />

y Ciencia de la Junta de <strong>Andalucía</strong> he encontrado<br />

un texto (http://www juntadeandalucia<br />

es:9002/indsoc/indicadores/a0010 htm)<br />

donde se comienza constatando la conocida<br />

definición de Edward Burnett Taylor (1832-<br />

1917) sobre cultura: “Cultura o civilización,<br />

tomada en su amplio sentido etnográfico, es<br />

ese complejo de conocimientos, creencias, arte,<br />

moral, derecho, costumbres y cualesquiera otras<br />

aptitudes y hábitos que el hombre adquiere como<br />

miembro de la sociedad” La definición es clásica<br />

y va en la misma línea de otros estudiosos, como<br />

Geertz Sin embargo, la citada web considera<br />

que la definición de Taylor es “imprecisa y poco<br />

clara” puesto que “no hay una definición única<br />

del término cultura, el cual ha ido evolucionando<br />

con el tiempo y el contexto ideológico en que se<br />

produce”<br />

A continuación, se constata: “La Convención de<br />

la UNESCO para la Salvaguardia del Patrimonio<br />

Cultural Inmaterial celebrada en 2003, define<br />

como patrimonio cultural inmaterial, “los usos,<br />

representaciones, expresiones, conocimientos<br />

y técnicas -junto con los instrumentos, objetos,<br />

artefactos y espacios culturales que les son<br />

inherentes- que las comunidades, los grupos y en<br />

algunos casos los individuos reconozcan como<br />

parte integrante de su patrimonio cultural Este<br />

patrimonio cultural inmaterial, que se transmite<br />

Ramón Reig García<br />

Universidad de Sevilla<br />

de generación en generación, es recreado<br />

constantemente por las comunidades y grupos<br />

en función de su entorno, su interacción con<br />

la naturaleza y su historia, infundiéndoles<br />

un sentimiento de identidad y continuidad y<br />

contribuyendo así a promover el respeto de<br />

la diversidad cultural y la creatividad humana<br />

A los efectos de la presente Convención, se<br />

tendrá en cuenta únicamente el patrimonio<br />

cultural inmaterial que sea compatible con<br />

los instrumentos internacionales de derechos<br />

humanos existentes y con los imperativos de<br />

respeto mutuo entre comunidades, grupos e<br />

individuos y de desarrollo sostenible”<br />

Más adelante, el texto oficial de la Junta se<br />

entretiene en recoger cómo en Europa, las<br />

manifestaciones culturales, vinculadas a un<br />

país o región concretos, forman parte al mismo<br />

tiempo del patrimonio cultural común europeo<br />

En este sentido, la Unión Europea persigue los<br />

objetivos de preservar y fomentar la diversidad<br />

cultural y hacerla accesible a todos, lo que<br />

se contempla en el Artículo 151 del Tratado<br />

Constitutivo de la Comunidad Europea de 2002,<br />

donde se afirma que “La Comunidad contribuirá<br />

al florecimiento de las culturas de los Estados<br />

miembros, dentro del respeto de su diversidad<br />

nacional y regional, poniendo de relieve al<br />

mismo tiempo el patrimonio cultural común”<br />

Esta importancia de la cultura aparece también

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