03.05.2014 Views

Completo - Ekonomia eta Ogasun Saila - Euskadi.net

Completo - Ekonomia eta Ogasun Saila - Euskadi.net

Completo - Ekonomia eta Ogasun Saila - Euskadi.net

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

MODIFICACIONES INTRODUCIDAS EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES POR LAS NORMAS FORALES<br />

DE MEDIDAS FISCALES DE 2008<br />

presumirá esta circunstancia cuando la mayoría<br />

de los miembros del órgano de administración<br />

de la sociedad dominada sean miembros<br />

del órgano de administración o altos<br />

directivos de la sociedad dominante o de<br />

otra dominada por ésta.<br />

Las otras dos condiciones anteriores para entender<br />

la relación de vinculación a efectos fiscales con<br />

independencia de las reglas de configuración de<br />

grupo a efectos mercantiles se mantienen:<br />

- Existe vinculación aunque alguna de las sociedades<br />

tenga su residencia en el extranjero,<br />

no siendo obstáculo incluso el que la dominante<br />

del grupo no resida en territorio<br />

español si alguna de las sociedades dependientes<br />

tiene su residencia en territorio español.<br />

- Tampoco desaparece la relación de vinculación<br />

fiscal aunque la normativa mercantil les<br />

exima de la obligación de formular cuentas<br />

anuales consolidadas, por ejemplo por razón<br />

del tamaño o por pertenecer a otro grupo<br />

mayor, como estable el artículo 43 del Código<br />

de Comercio.<br />

Tratamiento de la doble imposición internacional<br />

en dividendos y participaciones en beneficios<br />

Para que no se produzca un fenómeno de desimposición<br />

si se admitiese la integración en la base<br />

imponible de la pérdida del valor de la participación<br />

en la entidad no residente derivada de la distribución<br />

de los beneficios, ya sea por anotación contable<br />

mediante la dotación de una pérdida por<br />

deterioro o bien como consecuencia de la transmisión<br />

de la participación en la que se genera una<br />

renta negativa, el artículo 19 establece que no se<br />

integrará, en la base imponible del sujeto pasivo<br />

que percibe los dividendos o la participación en beneficios<br />

dicha pérdida de valor.<br />

Esta regla tiene una excepción, de forma que en<br />

el supuesto de que esas reservas hubiesen tributado<br />

en España con ocasión de cualquier trasmisión anterior<br />

de la participación, la integración posterior en<br />

la base imponible de esta pérdida queda compensada<br />

por la plusvalía generada en otra entidad residente.<br />

En este último supuesto, la entidad podrá computar<br />

un gasto igual al importe de los beneficios que<br />

hayan tributado en España a través de la transmisión<br />

de la participación cuando, por la forma en<br />

que deba contabilizarse la operación, no se integre<br />

renta alguna en la base imponible y deba minorar<br />

el valor de dicha participación.<br />

Esta forma de contabilizar la operación se debe<br />

a que la NRV 9ª.2.8 del PGC establece que cuando<br />

los dividendos distribuidos procedan inequívocamente<br />

de resultados generados con anterioridad a<br />

la fecha de adquisición porque se hayan distribuido<br />

importes superiores a los beneficios generados por<br />

la participada desde la adquisición, no se reconocerán<br />

como ingresos, y minorarán el valor contable<br />

de la inversión.<br />

Sobre la diferencia entre la normativa estatal y<br />

foral –que permite la integración en la base imponible<br />

de la pérdida del valor de la participación derivada<br />

de la distribución de los mismos, si el importe<br />

de los citados beneficios ha tributado en España a<br />

través de cualquier transmisión anterior de la participación-<br />

nos remitimos al comentario que más tarde<br />

se hace en el apartado de la deducción por doble<br />

imposición económica internacional sobre dividendos<br />

y participaciones en beneficios.<br />

211<br />

GACETA TRIBUTARIA DEL PAÍS VASCO

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!