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200612 Seminario Sobre Coordinación Entre el Derecho Indígena y ...

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<strong>Seminario</strong> sobre coordinación entre <strong>el</strong> <strong>Derecho</strong> Indígena y <strong>el</strong> Sistema Jurídico Oficial<br />

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lugar, porque tampoco para nosotros <strong>el</strong> que se le oiga es esencial, eso fue lo que lo que la<br />

comunidad percibió.<br />

Otros dirían que <strong>el</strong> derecho de defensa es esencial al debido proceso, para <strong>el</strong>los no, porque<br />

según explicaron esta es muy b<strong>el</strong>icosa, una comunidad bastante p<strong>el</strong>eadora donde ocurren cosas<br />

como éstas, si hay un hecho de sangre entonces viene la venganza de la sangre, la venganza<br />

familiar, la venganza que ejerce la familia de la víctima sobre la familia d<strong>el</strong> victimario y entonces<br />

viene una cadena imparable de guerras y por tanto para nosotros, es muy importante buscar la<br />

paz y la hemos logrado a través de una institución en la que los parientes de la víctima y los<br />

parientes d<strong>el</strong> victimario se ponen de acuerdo acerca de cuál es la pena que se le debe imponer<br />

y en este caso, tanto los parientes de la víctima como los parientes d<strong>el</strong> victimario estuvieron de<br />

acuerdo conque 20 años de prisión era la pena adecuada. La Corte no concedió la tut<strong>el</strong>a solicitada<br />

por <strong>el</strong> condenado y al no concedérs<strong>el</strong>a, ratificó lo que los indígenas habían resu<strong>el</strong>to en <strong>el</strong> proceso,<br />

un caso que me parece interesante y que desde <strong>el</strong> punto de vista de la administración de justicia,<br />

dentro d<strong>el</strong> derecho penal occidental, puede producir escándalo como sucedió en ese momento<br />

en Colombia.<br />

El doctor Gaviria menciona otro caso. En la comunidad guambiana ocurrió lo siguiente: un indígena<br />

casado y con dos hijos, se consiguió una amante, los miembros de la comunidad lo disuadieron<br />

de que no siguiera con esa r<strong>el</strong>ación porque consideraban que para <strong>el</strong>los la unidad familiar es<br />

esencial y la poligamia se excluye, <strong>el</strong> indígena hizo caso de los argumentos de la comunidad y<br />

dejó esta r<strong>el</strong>ación extra matrimonial por varios meses, pero en una fiesta comunal donde estuvieron<br />

presentes <strong>el</strong> indígena con su esposa, sus hijos y la amante, ocurrió que la esposa y los hijos se<br />

retiraron temprano de la fiesta pero él continuó la fiesta con su amiga, los miembros de la<br />

comunidad le dijeron días después a la esposa que una vez <strong>el</strong>la se había retirado, <strong>el</strong> indio se<br />

había ido para <strong>el</strong> platanar con su amante. Al domingo siguiente la esposa se encontró con su<br />

rival en <strong>el</strong> mercado de Silva -una región que es un municipio indígena- y le clavó una navaja en<br />

<strong>el</strong> corazón y la mató. La fiscalía inició la investigación d<strong>el</strong> d<strong>el</strong>ito para su juzgamiento, pero una<br />

defensora pública recordó que de acuerdo con los criterios establecidos por la Corte de<br />

Constitucionalidad, si se trataba de los miembros de una misma comunidad y que <strong>el</strong> hecho se<br />

hubiera cometido en su territorio, la competencia para conocer era de la jurisdicción indígena si<br />

ésta quería juzgarlo.<br />

Este es otro aspecto interesante, se les pregunta si quieren o no juzgar <strong>el</strong> hecho como mencionaba<br />

<strong>el</strong> doctor Martínez porque se ha respetado también la autonomía de las comunidades indígenas<br />

y a veces dicen no nos interesa juzgarlo eso corresponde a la justicia oficial y entonces, es la<br />

jurisdicción ordinaria la que se encarga de juzgarlo. En este caso, la comunidad conformada por<br />

más de 400 personas d<strong>el</strong>iberaron todo un día desde las siete de la mañana hasta las diez de la<br />

noche y por unanimidad llegaron a esta conclusión: no es posible juzgar únicamente a la mujer<br />

que cometió <strong>el</strong> d<strong>el</strong>ito de homicidio porque hay que preguntarse ¿por qué cometió <strong>el</strong> d<strong>el</strong>ito? Y<br />

<strong>el</strong>los decían en un lenguaje muy lindo, lo cometió porque su marido había pretendido juego en

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