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GUÍA PARA LA DENUNCIA DE TORTURAS - University of Essex

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PARTE III - ACTUACIÓN ANTE <strong>LA</strong> INFORMACIÓN REUNIDA4.2.1.1.4. Consejos específicos• ¿Quién estará al corriente de la presentación/identidad de la fuente?El nombre del autor del comunicado se eliminará en su tramitación al gobierno, salvo que el autorno ponga objeciones a la divulgación de su nombre. La confidencialidad del procedimiento suponeque ninguno de los casos que se analizan sale a la luz pública.• ¿Recibirá alguna respuesta sobre su presentación?Dado que el procedimiento es confidencial, no recibirá ninguna respuesta sobre el contenido de supresentación ni de ninguna medida que se adopte. Sin embargo, recibirá un acuse de recibo por elque la denuncia sigue el curso del procedimiento.• Si quiere que su comunicado sea analizado en la próxima sesión del Grupo de trabajo de laSubcomisión en julio, debe asegurarse de que llegue a la OACDH a mediados de abril. Si no, no seanalizará hasta julio del año siguiente.• El Procedimiento 1503 acepta comunicados por correo electrónico, no así el Comité contra laTortura y el Comité de Derechos Humanos.• Debe saber que:Las reclamaciones no se aceptarán si implican a unestado:• Que está siendo analizado por un procedimientopúblico del Comité de Derechos Humanos.• Que ha aceptado el derecho de petición particularen virtud del PIDCP, el CCT o el CEDR, y lareclamación está relacionada con una violaciónparticular de un derecho protegido por uno de estosinstrumentos.Las reclamaciones se aceptarán si implican a unestado:• Que ha aceptado el derecho de una peticiónparticular en virtud del PIDCP, el CCT o elCEDR, pero la reclamación está relacionadacon información general sobre el estado enlugar de una reclamación particular.4.2.1.2. Procedimientos especiales de la Comisión de las NU de Derechos HumanosLos procedimientos especiales de la Comisión de las NU de Derechos Humanos se crearon parasupervisar áreas específicas a escala mundial o países determinados en relación con todos losderechos humanos. Se conocen más como relatores especiales o grupo de trabajo, pero también hayotros nombres, como especialistas independientes y representantes especiales. Se crean porresolución en respuesta a situaciones que se consideran suficientemente preocupantes como pararequerir un estudio minucioso. Los procedimientos rinden cuentas públicamente ante el Comité deDerechos Humanos cada año, y algunos también ante la Asamblea General de las NU.Cada procedimiento dispone de sus propios métodos de trabajo, pero su nombramiento sigue la mismavía, las consideraciones básicas son las mismas con respecto a la preparación de un comunicado, ytambién se aplican todos los principios generales analizados en relación con los comunicadosdirigidos a los mecanismos de las NU. El que es más probable que usted quiera utilizar en el contextode las acusaciones de tortura es el Relator especial contra la Tortura, que, por las mismas razones,utilizaremos como ejemplo básico. Sin embargo, cabe recordar que el Relator especial sólo es uno delos numerosos procedimientos que pueden recibir acusaciones de torturas.4.2.1.2.1. Relatores temáticos y grupos de trabajo89

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