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GUÍA PARA LA DENUNCIA DE TORTURAS - University of Essex

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PARTE III - ACTUACIÓN ANTE <strong>LA</strong> INFORMACIÓN REUNIDA5.2.2.1. ¿Qué puede lograr con este procedimiento?La Comisión Interamericana de Derechos Humanos puede:• Adoptar conclusiones en un caso particular en un informe.• Hacer público su informe cuando un estado no adopta las medidas adecuadas para cumplir lasconclusiones.• Solicitar que el gobierno adopte medidas preventivas en los casos donde pueda existir laposibilidad de un daño irreparable a las personas.• Pedir confidencialmente al gobierno que aporte información sobre el paradero de las personassupuestamente desaparecidas.El Tribunal Interamericano de Derechos Humanos puede:• Adoptar una sentencia jurídicamente vinculante, como un fallo de violación.• Ordenar el procesamiento de un autor de torturas.• Conceder una reparación.• Ordenar medidas provisionales de protección en casos urgentes que puedan acarrear dañosirreparables a las personas.5.2.2.2. ¿Qué tipo de reclamaciones se pueden examinar?Por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos:Cuando esté relacionada con un estado parte del Convenio Americano de Derechos Humanos, unareclamación puede ser analizada si:• denuncia una violación del Convenio Americano de Derechos Humanos por el cual se puedeconsiderar responsable al estado (ver Parte I, Capítulo 3.6 para un análisis de las actuaciones de losagentes no gubernamentales).Cuando implique a un estado miembro de la OEA que no es parte del Convenio Americano deDerechos Humanos, una reclamación puede ser analizada si:• está relacionada con una supuesta violación de las normas de derechos humanos fundamentales, envirtud del derecho internacional, con especial atención a la Declaración Americana sobre losDerechos y los Deberes del Hombre.Por parte del Tribunal Interamericano de Derechos Humanos:Una reclamación puede ser analizada si:• denuncia una violación del Convenio Americano de Derechos Humanos por el cual puedeconsiderarse responsable el estado (ver Parte I, Capítulo 3.6 para un análisis de las actuaciones deagentes no gubernamentales).• está relacionada con un estado parte del Convenio Americano de Derechos Humanos que haaceptado la jurisdicción del Tribunal.• ha sido analizada en primer lugar por la Comisión.• ha sido referida al Tribunal por un estado parte o por la Comisión5.2.2.3. ¿Cuáles son los requisitos de admisibilidad ?Un comunicado será inadmisible si:• No se han agotado los recursos nacionales correspondientes y eficaces.• El caso no ha sido presentado antes de que pasen 6 meses después de la notificación de la decisiónfinal sobre el caso, o dentro de un “tiempo razonable” en los casos en que los recursos nacionalesno se pueden agotar.120

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