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GUÍA PARA LA DENUNCIA DE TORTURAS - University of Essex

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PARTE I - CUESTIONES PRELIMINARES3.3.3. ¿Qué significa en términos prácticos?El derecho internacional nos da dos pautas principales para aplicar en la valoración de si una serie dehechos constituyen tortura:• Los hechos deben corroborar los elementos esenciales contenidos en la definición de tortura.• La tortura se puede distinguir de otras formas de malos tratos por su grado de sufrimiento severo yla necesidad de un elemento intencionado.3.3.3.1. Elementos esencialesVerá que en el fragmento del citado Convenio de las Naciones Unidas contra la Tortura la definiciónjurídica de tortura tiene una naturaleza muy abstracta. No se refiere a tipos específicos de malos tratosni proporciona una lista de técnicas prohibidas. En lugar de eso, establece una serie de elementosesenciales para que un incidente se considere como un posible caso de tortura en el sentido jurídico.Los elementos necesarios para que el tratamiento constituya malos tratos que no sea tortura tambiénson abstractos. Estos elementos se pueden recordar de la siguiente forma:• ¿QUÉ SE HIZO? : Se infligió deliberadamente dolor o sufrimiento mental o físico severo(tortura) o tuvo lugar un sometimiento intencionado a un dolor o sufrimiento mental o físicoconsiderable (maltrato que no es tortura).• ¿QUIÉN LO HIZO? : Las propias autoridades estatales infligieron este sufrimiento, o estaban alcorriente o deberían haberlo estado pero no hicieron nada para evitarlo.• ¿POR QUÉ SE HIZO? : El sufrimiento se infligió por un motivo específico, por ejemplo paraobtener información, castigar o intimidar (sólo tortura).Lo que constituye exactamente estos elementos se deja a la interpretación de los organismos desupervisión internacional. Éstos tienen la responsabilidad de elaborar interpretaciones coherentes de ladefinición de tortura y otras formas de malos tratos y deben garantizar que sus interpretacionesapliquen en cada caso las mismas normas. Eso significa que usted, como individuo u organización(ONG), no debe decidir si los malos tratos infligidos a una persona constituye tortura u otro tipo detratamiento sino que, documentando los hechos que corroboran los elementos esenciales, proporcionalas pruebas para que decidan los organismos internacionales.3.3.3.2. Grado de sufrimientoLa tortura se distingue de otras formas de malos tratos menores por su grado de sufrimiento severo.Quizá sea éste el aspecto más difícil para evaluar la tortura. Los otros dos elementos esenciales sepueden verificar en gran medida objetivamente: por regla general es objetivamente posible establecerque el torturador tenía un vínculo con el estado o que la tortura se infligió por un motivo específico.La naturaleza y el grado del sufrimiento experimentado por parte de una persona son otra cuestión.Pueden depender de muchas características personales de la víctima: por ejemplo, del sexo, la edad,las creencias religiosas o culturales, la salud. En otros casos, ciertas formas de malos tratos o ciertosaspectos de la detención que no constituirían tortura por sí solos, pueden serlo si se unen.Ciertos tipos de tratamiento parecen pertenecer por razones objetivas a la categoría de tortura, porejemplo, descargas eléctricas en los genitales o el arrancar las de uñas. Sin embargo, la tortura no selimita a estos conocidos ejemplos sino que abarca muchas formas de sufrimiento, tanto de naturaleza13

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