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Revista Volumen I (formato pdf) - Academia Puertorriqueña de ...

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Ramón Antonio Guzmán 127la entrada. Pero este error <strong>de</strong> redacción es un pecado venial. No merecemás comentarios. 25Lo que sí es un pecado grave es que no se haya establecido un criterioorientador en cuanto al modo en que habrá <strong>de</strong> realizarse la entrada y, sifuera el caso, el registro. No obstante, consi<strong>de</strong>ro que el TribunalConstitucional habrá <strong>de</strong> pautar, en su día, la necesidad <strong>de</strong> que lasresoluciones judiciales que permitan la entrada al domicilio y el registro<strong>de</strong> éste <strong>de</strong>scriban, con <strong>de</strong>talles, los lugares <strong>de</strong>l domicilio que han <strong>de</strong>registrarse y los objetos que han <strong>de</strong> ocuparse. Una resolución judicial, no<strong>de</strong>bería autorizar, sin más, la entrada al apartamento 1-J <strong>de</strong>l número 24<strong>de</strong> la calle <strong>de</strong> Gaztambi<strong>de</strong> para que sea registrado. Queda mejorprotegida la intimidad <strong>de</strong>l ciudadano si la resolución autorizara, porejemplo, la entrada al mencionado apartamento para registrar el armario,ubicado en el dormitorio contiguo a la cocina y buscar allí cinco kilos <strong>de</strong>marihuana y dos revólveres. Si fuera posible, la resolución judicial<strong>de</strong>bería indicar, a<strong>de</strong>más, en cuál o cuáles cajones <strong>de</strong>l armario hay quebuscar los objetos mencionados.La Ley <strong>de</strong> Enjuiciamiento Criminal establece algunos parámetros queconviene tener presentes; su Artículo 552 establece:Al practicar los registros <strong>de</strong>berán evitarse las inspeccionesinútiles, procurando no perjudicar ni importunar al interesado más<strong>de</strong> lo necesario, y se adoptarán [sic] todo género <strong>de</strong> precaucionespara no comprometer su reputación, respetando sus secretos si nointeresaren a la instrucción.Nos presenta, pues, un criterio muy aguado. ¿Qué inspección es inútilpara un agente policial con ínfulas <strong>de</strong> inquisidor?El Artículo 573 presenta un criterio más espeso. Exige, en el caso <strong>de</strong>los libros y papeles <strong>de</strong> contabilidad, la existencia <strong>de</strong> "indicios graves" <strong>de</strong>que el registro resultará en el <strong>de</strong>scubrimiento o comprobación <strong>de</strong> algúnhecho "importante" a la causa. Se juega, así, con dos términos que si bienno son contradictorios tampoco son idénticos: la gravedad y laimportancia. Una lectura cuidadosa <strong>de</strong>l artículo permitirá apreciar queprevalece el <strong>de</strong> menos peso. Por eso aunque en la Ley <strong>de</strong> EnjuiciamientoCriminal los libros <strong>de</strong> los comerciantes están mejor protegidos que losdormitorios <strong>de</strong> sus clientes, esos artículos han quedado superados. El25 Hay que reconocer, <strong>de</strong>s<strong>de</strong> luego, que aunque la expresión utilizada por elconstituyente español carece <strong>de</strong> corrección gramatical, no adolece <strong>de</strong> aquelloque los gramáticos <strong>de</strong>nominan "propiedad"

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