24.06.2014 Views

Abuso sexual infantil: Manual de formación para profesionales - Amuvi

Abuso sexual infantil: Manual de formación para profesionales - Amuvi

Abuso sexual infantil: Manual de formación para profesionales - Amuvi

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

embargo, es necesario saber que existen otras medidas<br />

accesorias a la prisión que también pue<strong>de</strong>n imponerse.<br />

La concurrencia <strong>de</strong> dos circunstancias –por ejemplo, edad y<br />

parentesco- da lugar a una importante agravación <strong>de</strong> la<br />

pena, pues ésta se impondrá en la mitad superior (artículo<br />

180.2). Es <strong>de</strong>cir, en el caso <strong>de</strong> agresión <strong>sexual</strong> simple<br />

(artículo 178) la pena será <strong>de</strong> siete a diez años y en el<br />

supuesto <strong>de</strong> agresión <strong>sexual</strong> con acceso carnal (artículo<br />

179), <strong>de</strong> trece y medio a quince años.<br />

Referido a menores, habrá que apreciar en cada caso si la<br />

circunstancia <strong>de</strong> parentesco <strong>de</strong>termina el prevalimiento. Así<br />

será en la generalidad <strong>de</strong> los casos tratándose <strong>de</strong> menores,<br />

pero <strong>de</strong>be tenerse en cuenta que se trata <strong>de</strong> un tipo más<br />

amplio y que también se refiere a las agresiones <strong>de</strong> tipo<br />

<strong>sexual</strong> cometidas por <strong>de</strong>scendientes sobre sus ascendientes o<br />

por parientes afines (por ejemplo, cuñados).<br />

Un problema que se plantea es si existe o no una<br />

continuidad <strong>de</strong>lictiva entre varias agresiones <strong>sexual</strong>es<br />

realizadas entre los mismos sujetos activo y pasivo. La<br />

tesis más generalizada es que no cabe esa continuidad<br />

<strong>de</strong>lictiva (es <strong>de</strong>cir, se enten<strong>de</strong>rá que se producen varias<br />

agresiones y no sólo una), pero lo cierto es que en cada<br />

caso concreto habrá que analizar los sujetos<br />

intervinientes, el tiempo transcurrido entre una agresión y<br />

otra, los lugares en los que se han producido, etc...<br />

(Véase Cuadro I)<br />

B) ABUSOS SEXUALES (CAPÍTULO II, ARTÍCULOS 181 a 183)<br />

El Código Penal vigente diferencia la agresión <strong>sexual</strong> y el<br />

abuso <strong>sexual</strong> en la existencia o no <strong>de</strong> violencia o<br />

intimidación.<br />

Todas las conductas castigadas en los artículos 181 a 183<br />

tienen como común <strong>de</strong>nominador la ausencia <strong>de</strong> violencia o<br />

intimidación. Esta es la diferencia con las conductas<br />

reguladas en los artículos 178 a 180.<br />

Los sujetos activo y pasivo pue<strong>de</strong>n ser tanto mujer como<br />

hombre.<br />

Artículo 181<br />

1. El que, sin violencia o intimidación y sin<br />

que medie consentimiento, realizare actos que<br />

54

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!