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sinpermiso<br />
Toda esta confusión la resumimos en la siguiente tabla, usando<br />
sus propios números.<br />
Concepto<br />
Renta familiar CN<br />
(incluyendo rentas<br />
imputadas)<br />
Renta familiar CN (sin<br />
incluir rentas imputadas)<br />
Cálculo<br />
inicial<br />
según JR<br />
Cálcul<br />
corregido<br />
según JR<br />
Cálculo corregido<br />
descontando<br />
ahorros<br />
760.000 760.000 660.000*<br />
675.000 575.000<br />
IRPF recaudado 2010 77.000 77.000<br />
Coste RB 300.000 300.000 300.000<br />
Ahorros en prestaciones<br />
públicas<br />
Tipo impositivo para<br />
financiar RB<br />
Valores en millones de €<br />
100.000<br />
49,6% 55,9% 48,2%<br />
*Descontamos los ahorros que no se pagan<br />
En la primera columna tenemos el cálculo inicial de JR, el que él<br />
debe estar convencido de replicar genialmente, sin tener que<br />
chuparse los 1,9 millones de datos de contribuyentes, y que<br />
casualmente le da un tipo de IRPF que resuelve la ecuación<br />
igual que el nuestro. Envalentonado con este hallazgo ya se<br />
atreve a criticar que estamos contabilizando (lo hace él) unas<br />
rentas imputadas que no deben tenerse en cuenta, ergo<br />
nuestros cálculos son erróneos y en realidad el tipo de IRPF<br />
debería ser del 55,9% (segunda columna).<br />
Qué pena, JR se olvida de todos los ahorros en prestaciones<br />
públicas por debajo de la RB que el estado no pagaría al<br />
implantar la RB. En nuestros cálculos para el Reino de España<br />
sin las comunidades forales unos 93.000 millones, pero una<br />
extrapolación con Euskadi y Navarra nos daría unos 100.000<br />
millones (tercera columna). Pero claro, ahora resulta que el tipo<br />
del IRPF necesario para financiar la RB sería del 48,2% (¡1,3<br />
puntos por debajo nuestros cálculos y 7,7 puntos de los suyos!<br />
Sorprendente, pero es que no se pueden usar a la ligera los<br />
datos de CN como los usa JR.<br />
Recapitulemos, JR se encuentra como un aprendiz de mago que<br />
con cuatro números (población, recaudación IRPF y dos datos de<br />
CN) puede sin despeinarse sacar los mismos números que<br />
nosotros y encima corregir nuestro error por usar un dato que<br />
nosotros no usamos nunca. Como al agitar la varita (o la lupa)<br />
apareció un conejo se ha creído que el conejo aparecería cada<br />
vez. Hay que ser más prudente. Por último, respecto a lo riguroso<br />
de sus cálculos. ¿Podría explicarnos el señor JR, cómo a través<br />
de datos agregados de la Contabilidad Nacional, podría efectuar<br />
un análisis que le permita cuantificar qué tipo de contribuyente<br />
según los percentiles de renta declarada, resulta ganador entre<br />
una situación u otra? Con la RB, entre sus detractores pero<br />
también entre algunos de sus defensores, puede observarse a<br />
menudo el estudiado efecto cognitivo Dunning-Kruger.<br />
Esperemos que con razones y datos vayamos limitando la<br />
extensión de este efecto al menos en los debates sobre la RB.<br />
(Una versión más reducida de este artículo se publicó en la revista Economía Digital)<br />
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