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Banco Nacional de Datos e Información<br />
Con respecto al Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las<br />
<strong>Mujeres</strong> (Banavim), la Ley General de Acceso de las <strong>Mujeres</strong> a una Vida Libre de Violencia establece<br />
en el artículo 17 la obligación del Estado mexicano para publicar semestralmente la información<br />
general y estadística sobre los casos de violencia contra las mujeres; y en el artículo 44, fracción iii, se<br />
encomienda a la entonces Secretaría de Seguridad Pública el integrar el Banavim y, de acuerdo con<br />
el artículo séptimo transitorio, la implementación del banco tendría que hacerse un año después de<br />
conformarse el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra<br />
las <strong>Mujeres</strong> (snpasevm).<br />
El Banco de Datos se creó en 2008 y un año más tarde se emitieron los lineamientos para su<br />
funcionamiento y operación, 244 fue hasta 2010 que entró en operación su plataforma nacional al<br />
contar con un presupuesto asignado y en noviembre de 2013 se mandata al Sistema Nacional de<br />
Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las <strong>Mujeres</strong> a proporcionar la<br />
información necesaria para mantener actualizado ese Banco Nacional. 245<br />
Así, este Banco Nacional se compondría por la información proporcionada por los miembros<br />
del snpasevm y las instituciones de gobierno de las entidades federativas, a su vez se interconectaría<br />
con el Sistema Único de Información Criminal (suic). 246<br />
Al desaparecer la Secretaría de Seguridad Pública Federal, el Banavim fue incorporado al<br />
Sistema Único de Información Criminal que forma parte de la Plataforma México. Este Banco<br />
ha sido reconfigurado a través de la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Secretaría de<br />
Gobernación con el apoyo de Inmujeres, de la Entidad de la onu para la Igualdad de Género y el<br />
Empoderamiento de la Mujer, también conocida como onu <strong>Mujeres</strong>, mientras que el inegi contribuye<br />
a la estandarización de los datos. 247<br />
En diciembre de 2014 la reportera Tania Montalvo denunció que la Plataforma no era operativa<br />
y que ni los estados ni la federación cumplían con la obligación de contar con un banco de<br />
datos; el Banavim presentaba una falta de actualización e insuficiencias en el reporte de datos, por<br />
lo que no daba cuenta de la realidad que vivían las mujeres en el país, al contar con cifras menores<br />
a las reportadas por las instituciones de las entidades federativas, lo que afectaba la formulación de<br />
políticas públicas adecuadas. Por ejemplo, el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio<br />
244<br />
Acuerdo 02/2009 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se establecen los Lineamientos para determinar e integrar la<br />
información del Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las <strong>Mujeres</strong>, publicado en el Diario<br />
Oficial de la Federación el 16 de abril de 2009.<br />
245<br />
Cámara de Diputados, “Aprueban diputados crear en las entidades el Banco Estatal de Datos e Información Sobre Casos y<br />
Delitos de Violencia contra las <strong>Mujeres</strong>”, en Nota núm. 2940, México, 27 de abril de <strong>2016</strong>, disponible en ,<br />
página consultada<br />
el 15 de febrero de 2017.<br />
246<br />
Véase Tania L. Montalvo, “Los casos de violencia contra mujeres, abandonados por la federación y los estados”, en Animal<br />
Político, 10 de diciembre de 2014, disponible en ,<br />
página consultada el 13 de febrero de 2017.<br />
247<br />
Alejandra Ríos, “La sombra de Sísifo: El Estado y las mujeres”, en Nexos, 1 de junio de <strong>2016</strong>, disponible en , página consultada el 15 de febrero de 2017.<br />
124 <strong>Informe</strong> anual <strong>2016</strong> Volumen iv. La Ciudad de México de cara a la Novena Comparecencia ante el Comité cedaw