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Informe-Anual-2016-vol4-Mujeres

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Con respecto al derecho al debido proceso y garantías judiciales, se contabilizaron 5 219 personas<br />

presuntamente agraviadas, de las cuales 1 593 son mujeres que en su mayoría fueron víctimas de<br />

la presunta violación u obstaculización de las garantías de debido proceso (28.7%); negativa, restricción<br />

u obstaculización de información sobre la situación jurídica (20.3%); o negativa, restricción<br />

u obstaculización para que la inculpada pueda ser asistida o asesorada por una o un defensor<br />

de oficio (12.6 por ciento).<br />

Derecho al debido proceso y garantías judiciales-mujeres agraviadas (Siigesi) 2013-<strong>2016</strong><br />

Tipo de violación<br />

Violación u obstaculización de las<br />

garantías de debido proceso<br />

457<br />

Negativa, restricción u obstaculización de<br />

información sobre la situación jurídica<br />

323<br />

Negativa, restricción u obstaculización para que el<br />

inculpado pueda ser asistido o asesorado por una<br />

o un defensor de oficio<br />

201<br />

Omisión de investigar eficaz y oportunamente<br />

(irregularidad en la averiguación previa)<br />

109<br />

Violación u obstaculización de las<br />

garantías judiciales<br />

61<br />

Otros<br />

442<br />

0 50 100 150 200 250 300 350 400 450 500<br />

En relación con el acceso a la justicia, la cdhdf emitió la Recomendación 6/<strong>2016</strong> en la que se<br />

in vestigaron y documentaron dos casos de mujeres víctimas de violencia de género, de los cuales<br />

se incluyen a 10 víctimas directas y tres indirectas, en ambos casos. Durante la indagación se documentó<br />

que la autoridad fue omisa en investigar y atender de manera oportuna, diligente, integral<br />

y con perspectiva de género la violencia contra las mujeres, ya que cambió la calidad jurídica de las<br />

víctimas a la de probables responsables de un delito, usando discrecionalmente el poder punitivo<br />

del Estado como una herramienta de perpetuación de la violencia institucional contra las mujeres,<br />

niñas y sus familiares. También se acreditaron violaciones a los derechos a un debido proceso y al<br />

acceso a la justicia por el incumplimiento de la autoridad de realizar investigaciones diligentes con<br />

perspectiva de género.<br />

A través de este instrumento recomendatorio, además de la indemnización de las víctimas, la<br />

cdhdf hizo énfasis en la importancia de transversalizar la perspectiva de género en todo el proceso<br />

judicial, por lo que exhortó a la pgjdf a realizar un diagnóstico sobre la procuración de justicia<br />

con perspectiva de género, interseccional y especializado hacia niñas, niños y adolescentes, así como<br />

mujeres víctimas, imputadas o con doble calidad; y al tsjdf y al Consejo de la Judicatura del Distrito<br />

Federal a expedir un instrumento para garantizar que los procesos y procedimientos en materia<br />

penal sean juzgados con perspectiva de género.<br />

Capítulo 1 Panorama general de los derechos humanos de las mujeres en la Ciudad de México 65

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