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que se le informa sobre la existencia de la Agencia del Ministerio Público Especializada en Atención<br />
a Personas Indígenas, 694 de conformidad con los acuerdos A/020/2015 695 y el A/011/<strong>2016</strong>. 696<br />
Este acuerdo que crea la Agencia del Ministerio Público Especializada en Atención a Personas<br />
Indígenas establece facultades y atribuciones muy bien diseñadas, contemplando el respeto y la<br />
garantía de sus derechos humanos y para que se consideren sus condiciones en la investigación del<br />
caso; entre sus debilidades están el no establecer una base de datos desagregados sobre los casos. 697<br />
A pesar de lo señalado, no se cuenta con información sobre la cantidad de servicios proporcionados,<br />
ni los casos atendidos por dicha agencia especializada, por lo cual no se puede evaluar el<br />
avance alcanzado en este rubro.<br />
También Sederec señala algunas acciones dirigidas a garantizar el acceso a la justicia y a mecanismos<br />
de reparación a las mujeres indígenas víctimas de violencia:<br />
• A través de la Red de Intérpretes-Traductores en Lenguas Indígenas Nacionales de la Ciudad<br />
de México se brinda atención a personas indígenas que requieren de interpretación y/o traducción<br />
en diversos ámbitos. De enero a septiembre de <strong>2016</strong> se informó que se han atendido<br />
192 solicitudes, de las cuales 103 fueron cubiertas por mujeres en los ámbitos de asistencia<br />
penal, laboral, salud y derechos humanos.<br />
• En <strong>2016</strong> se obtuvo la liberación anticipada de nueve mujeres de las comunidades zapoteca,<br />
mazahua, mazateca, otomí y náhuatl.<br />
• Se brindaron 89 asesorías jurídicas en materia penal y familiar; se dio orientación a cuatro<br />
mujeres en distintos hospitales de la Ciudad de México; se realizaron cinco registros extemporáneos<br />
y se efectuaron 12 acompañamientos a juzgados familiares para realizar los trámites<br />
de demanda relacionados con la pensión de alimentos.<br />
• Se realizaron dos talleres en derechos humanos para la comunidad indígena que se encuentra<br />
en el Centro de Reinserción Social Santa Martha Acatitla y Tepepan con la participación de<br />
15 y 12 mujeres, respectivamente. 698<br />
Por otra parte, el tsjdf señala que ha difundido entre las y los impartidores de justicia el Protocolo<br />
de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren personas, comunidades y<br />
pueblos indígenas, así como para contar con intérpretes y/o traductores de lenguas indígenas. 699<br />
694<br />
Idem.<br />
695<br />
Acuerdo A/020/2015 del C. Procurador General de Justicia del Distrito Federal, por el que se emiten las Cartas de derechos de<br />
las y los denunciantes y víctimas del delito, testigos e imputados, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 7 de enero<br />
de <strong>2016</strong>.<br />
696<br />
Acuerdo A/011/<strong>2016</strong> del C. Procurador General de Justicia del Distrito Federal, por el que se emiten las Cartas de los derechos<br />
de las niñas, niños y adolescentes de la Ciudad de México, en situación de víctimas del delito, testigos y adolescentes en conflicto<br />
con la ley penal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de abril de <strong>2016</strong>.<br />
697<br />
Acuerdo A/008/2007, mediante el cual se crea una Agencia del Ministerio Público Especializada en Atención a Personas Indígenas,<br />
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 16 de marzo de 2007.<br />
698<br />
Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, Dirección General de Equidad para los Pueblos y Comunidades,<br />
Oficio núm. SEDEREC/DGEPC/1446/2015, 12 de diciembre de <strong>2016</strong>.<br />
699<br />
Tribunal Superior de Justicia, Dirección Ejecutiva de Orientación Ciudadana y Derechos Humanos, Oficio núm. DECOCDH/<br />
DOCG/SG/213/2017, 16 de diciembre de <strong>2016</strong>.<br />
Capítulo 2 Situación del cumplimiento en la Ciudad de México de las observaciones del Comité cedaw a México de 2012 237