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Derecho de reunión-mujeres agraviadas (Siigesi) 2013-<strong>2016</strong><br />
Tipo de violación<br />
Negativa, restricción, obstaculización o injerencias<br />
arbitrarias para la manifestación pública y pacífica<br />
36<br />
Negativa injustificada de la autoridad gubernamental<br />
para otorgar un permiso que permita ocupar una plaza o vía<br />
pública para llevar a cabo una reunión con el fin de llevar<br />
a cabo una actividad<br />
6<br />
Negativa, restricción, obstaculización o injerencias arbitrarias<br />
para permitir que se lleve a cabo una reunión con el<br />
objeto de manifestarse pública y pacíficamente<br />
1<br />
Negativa, restricción, obstaculización o injerencias<br />
arbitrarias para permitir la libre manifestación en la<br />
vía pública sin alterar el libre tránsito<br />
1<br />
0 10 20 30 40<br />
Finalmente, durante el periodo 2013-<strong>2016</strong>, cabe destacar que en los agravios a mujeres relacionados<br />
con sus derechos políticos, la totalidad fueron por la obstaculización, restricción, negativa<br />
o injerencias arbitrarias en la participación ciudadana. Al respecto, la cdhdf ha señalado que el<br />
pleno disfrute de los derechos políticos de las mujeres aún se encuentra en construcción, pues uno<br />
de los factores atiende a la falta de mayor participación en la vida política, 170 ello a pesar de las<br />
acciones establecidas en los códigos electorales locales y de que desde 2014 la paridad de género en<br />
la representación política es un mandato establecido en el artículo 41 constitucional. 171 A su vez<br />
se han identificado otros factores como el acoso y/o la violencia política de las que son víctimas<br />
algunas mujeres candidatas a puestos públicos. 172<br />
Condiciones de discriminación múltiple e interseccionales que enfrentan<br />
las mujeres de la Ciudad de México<br />
A través de la investigación de las quejas, así como del acercamiento e interlocución privilegiada<br />
que tiene la cdhdf con mujeres, académicas, personas y organismos expertos, organizaciones y<br />
colectivos que defienden sus derechos, se ha evidenciado que las mujeres experimentan en su vida<br />
cotidiana, lo que comúnmente se conoce como una discriminación múltiple e interseccional; es<br />
decir, por ser mujer y por su pertenencia a algún grupo de población, como las mujeres en reclusión,<br />
las niñas y las adolescentes, las mujeres mayores, las mujeres con discapacidad, las mujeres<br />
indígenas o las defensoras de derechos humanos.<br />
170<br />
Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, Boletín núm. 115/<strong>2016</strong>, La cdhdf conmemora la primera vez que las<br />
mujeres mexicanas emitieron su voto, 3 de julio de <strong>2016</strong>.<br />
171<br />
María del Carmen Carreón Castro, op. cit., p. 7.<br />
172<br />
Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, Boletín núm. 115/<strong>2016</strong>, doc. cit<br />
80 <strong>Informe</strong> anual <strong>2016</strong> Volumen iv. La Ciudad de México de cara a la Novena Comparecencia ante el Comité cedaw