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ex ante, durante y ex post, así como mecanismos para que las recomendaciones sean implementadas<br />
y los programas sean ajustados para que vayan atendiendo de manera adecuada y<br />
pertinente la realidad. Se deben contemplar evaluaciones internas y externas. El Gobierno de<br />
la Ciudad de México y las dependencias deben de contar con un registro de datos e información<br />
que sea actualizada y confiable, con información sobre los diversos temas abordados<br />
en el informe.<br />
• Contar con programas institucionales de capacitación permanente y sistemática, encaminados a<br />
instaurar sistemas profesionales de carrera en todas las dependencias de la administración pública<br />
de la Ciudad de México. Estas capacitaciones deben incluir materias sobre perspectiva de<br />
género, derechos humanos, entre otros. Por su parte, las instancias especialistas en los diversos<br />
temas que podrían impartir las capacitaciones deben contar con esquemas de formación<br />
docente. Se deberá contar con un sistema de seguimiento a las capacitaciones impartidas al<br />
personal, mediante mediciones sobre los impactos o cambios generados.<br />
• Fortalecer e impulsar la participación ciudadana y académica especializada, así como la consulta,<br />
abriendo espacios de participación en consejos, comités, como contralorías ciudadanas,<br />
observatorios y de participación en los espacios de discusión de la agenda pública. Será de<br />
particular importancia la inclusión de las mujeres de los pueblos y comunidades indígenas.<br />
• Cumplir con los puntos recomendatorios emitidos por la cdhdf de 2012 a 20016 orientados a<br />
la protección y garantía de los derechos de las mujeres.<br />
• Crear y/o modificar diversos instrumentos normativos, regulatorios, así como acuerdos, lineamientos,<br />
manuales, entre otros. Por ejemplo, aprobar la Ley de Pueblos y Barrios Originarios<br />
y Comunidades Indígenas Residentes del Distrito Federal; modificar la legislación para contar<br />
con una adecuada tipificación del delito de desaparición forzada acorde a los estándares<br />
internacionales; ampliar la definición de periodistas en la legislación local; implementar un<br />
marco jurídico que incorpore el tema de cuidado, entre otros.<br />
• Promover e impulsar la ratificación de instrumentos internacionales de derechos humanos vinculados<br />
a los derechos de las mujeres. Promover y exhortar al gobierno federal a que reconozca<br />
la competencia del Comité contra la Desaparición Forzada para recibir y examinar<br />
comunicaciones individuales e interestatales; a ratificar el Convenio 189 de la Organización<br />
Internacional del Trabajo (oit), sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores<br />
domésticos, el Convenio 156 sobre trabajadores con responsabilidades familiares, entre<br />
otros. Armonizar la legislación con las Reglas de las Naciones Unidas para el tratamiento de<br />
las reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes, (Reglas<br />
de Bangkok), entre otros.<br />
• Impulsar y garantizar el presupuesto con perspectiva de género, así como garantizar los recursos<br />
para la adecuada implementación de un conjunto de acciones mandatadas por ley y/o a programas<br />
que sean evaluados favorablemente. Por ejemplo, la implementación del Fondo del<br />
Distrito Federal para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y su<br />
mecanismo, entre otros; así como transparentar la información presupuestal asignada a los<br />
diversos temas abordados en el informe.<br />
258 <strong>Informe</strong> anual <strong>2016</strong> Volumen iv. La Ciudad de México de cara a la Novena Comparecencia ante el Comité cedaw