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por ejemplo, obliga a la jefatura de gobierno a garantizar la paridad de género en la integración<br />
del gabinete.<br />
Por su parte, tal como señala el iedf, aún faltan por desarrollarse mayores estrategias que<br />
hagan frente a la resistencia cultural y social de la representación política de las mujeres, así como<br />
a las resistencias institucionales para modificar las prácticas de discriminación de las mujeres en el<br />
ámbito electoral. La participación de las mujeres indígenas en cargos de elección popular y en otros<br />
espacios políticos es uno de los mayores retos que tiene la Ciudad de México, para ello se sugiere<br />
la elaboración de un diagnóstico de los principales obstáculos, la implementación de acciones de<br />
sensibilización y de formación de liderazgo político hacia este grupo. Asimismo, aún está pendiente<br />
la adopción de un Protocolo para atender la Violencia Política contra las <strong>Mujeres</strong>.<br />
Defensoras de derechos humanos<br />
Por otra parte, a pesar que México cuenta desde 2012 con la Ley para la Protección de Personas<br />
Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas y el Mecanismo de Protección a Personas Defensoras<br />
de Derechos Humanos y Periodistas, y en la Ciudad de México se cuenta con la Ley para la<br />
Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Distrito Federal desde<br />
agosto de 2015, este grupo de población sigue siendo víctima de agresiones de manera recurrente<br />
y las mujeres defensoras enfrentan riesgos no sólo por su trabajo sino también por su género.<br />
En particular en la Ciudad de México se hizo referencia no sólo a la definición restrictiva de<br />
periodistas que fue alertada por el relator especial de las Naciones Unidas sobre la situación de las<br />
y los defensores de derechos humanos, sino también a la falta de implementación a nivel local<br />
del mecanismo, del Consejo de Evaluación de Medidas y del Fondo del Distrito Federal para la<br />
Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos, lo que ha llevado a que esta ley no<br />
tenga aún cabal cumplimiento. En cuanto a la prevención, investigación y sanción de los ataques<br />
en contra de este grupo de población se dio cuenta de la falta de información desagregada por<br />
sexo a nivel local tanto en la pgjdf como en el tsjdf. Todo lo anterior debe traducirse en acciones<br />
concretar para superar estas limitantes.<br />
Se debe resaltar que en la recién publicada Constitución Política de la Ciudad de México se<br />
explicita el derecho a defender los derechos humanos y establecen obligaciones a las autoridades<br />
para facilitar su ejercicio, por lo que será necesario que la legislación se ajuste y amplíe la protección,<br />
estableciendo medidas particulares para atender a las mujeres defensoras.<br />
Educación<br />
En relación al tema educativo, se observó la existencia de programas dirigidos a atender a mujeres<br />
jóvenes embarazadas, madres jóvenes, niñas, niños y adolescentes indígenas, así como a población<br />
analfabeta, a través de los cuales se ha logrado proporcionar apoyos (logrando beneficiarlas), reducir<br />
el analfabetismo e impulsar su permanencia en la escuela o la conclusión de niveles básicos de<br />
252 <strong>Informe</strong> anual <strong>2016</strong> Volumen iv. La Ciudad de México de cara a la Novena Comparecencia ante el Comité cedaw