JUICIO DE INCONFORMIDAD - Tribunal Electoral del Poder ...
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SG-JRC-523/2012<br />
a las instituciones y a los propios partidos, o que calumnien a las<br />
personas, sin perjuicio de las sanciones a que den lugar, se<br />
computarán para efectos de la determinación de los gastos de<br />
campaña o precampaña correspondiente.<br />
Tanto la propaganda electoral como las actividades de campaña<br />
a que se refiere el presente artículo, deberán propiciar la<br />
exposición, desarrollo y discusión ante el electorado de los<br />
programas y acciones fijados por los partidos, alianzas y<br />
coaliciones en sus documentos básicos y, particularmente, en la<br />
plataforma electoral que para la elección en cuestión hubieren<br />
registrado.<br />
Del arábigo trasunto, se puede colegir, que la propaganda es un<br />
instrumento por el cual los partidos políticos hacen llegar a la<br />
sociedad sus intenciones para ganar adeptos y puede ser utilizada<br />
como medio para rechazar o descalificar a los contrarios dentro <strong>del</strong><br />
marco de la legalidad y sin que ello se entienda como un permiso<br />
para atacar sin sustento.<br />
Así, según lo dicho, se ha dejado en claro, que este medio de<br />
comunicación partido-ciudadano, se encuentra <strong>del</strong>imitado por<br />
principios constitucionalmente reconocidos que lo <strong>del</strong>imitan y<br />
restringen, en este sentido, el que se aborda es el de separación<br />
iglesia estado o de laicidad <strong>del</strong> estado.<br />
Es decir, ciñe a que la propaganda que los institutos políticos<br />
distribuyan, no contenga alusiones <strong>del</strong> tipo religioso, dicho en otras<br />
palabras, que no se utilice alguna referencia de este tipo que pueda<br />
coaccionar o coartar el sentido <strong>del</strong> voto, cuestión que se ha hecho<br />
patente en los precedentes que se invocarán por este órgano de<br />
control electoral.<br />
Lo anterior, pues según se aduce, la prohibición busca evitar que se<br />
pueda condicionar moralmente a los ciudadanos, lo que garantiza su<br />
libre participación en el proceso de toma de decisiones electorales.<br />
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