JUICIO DE INCONFORMIDAD - Tribunal Electoral del Poder ...
JUICIO DE INCONFORMIDAD - Tribunal Electoral del Poder ...
JUICIO DE INCONFORMIDAD - Tribunal Electoral del Poder ...
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
SG-JRC-523/2012<br />
Empero, el recurrente sólo alega que el argumento es falaz y que la<br />
sola publicación se denigra a su mandante (foja 11 párrafos ultimo y<br />
penúltimo) sin oponer mayor reparo en el tema.<br />
Entonces, al quedar evidenciado, que el impetrante no desvirtúa lo<br />
dicho por la autoridad local, sobre la falta de probanzas para vincular<br />
la autoría <strong>del</strong> boletín como una orden directa <strong>del</strong> partido señalado, es<br />
que lo dicho por el colegio local ha queda sin alteración alguna y<br />
torna inoperante el agravio relativo.<br />
Entonces, al no haberse configurado la violación reclamada, resulta<br />
estéril pronunciarse sobre su impacto cualitativo y cuantitativo, pues<br />
según se apuntó no existe demerito al principio abordado.<br />
Igual suerte, corre lo relativo al pronunciamiento hecho en el escrito<br />
inicial sobre la omisión por parte de la autoridad sobre la fundación<br />
que califica como inexistente y la esterilidad de su vinculación.<br />
Lo anterior, ya que como quedó apuntado en líneas previas, al no<br />
haberse demostrado la conducta, resulta ocioso si se vinculó o no a<br />
la fundación y mucho menos reviste valor demostrativo, la exigencia<br />
o inexistencia de la misma.<br />
Ante lo argüido, por lo que hace al resto de agravios sintetizados al<br />
principio <strong>del</strong> estudio, resultan INOPERANTES, al utilizarse para<br />
robustecer la existencia de la violación ahora desestimada.<br />
Es aplicable la jurisprudencia sustentada por el Primer <strong>Tribunal</strong><br />
Colegiado en Materias Civil y de Trabajo <strong>del</strong> Décimo Séptimo Circuito,<br />
publicada en la página 1154 <strong>del</strong> Tomo XXI, relativo al mes de Abril de<br />
2005, correspondiente a la Novena Época <strong>del</strong> Semanario Judicial de<br />
la Federación y su Gaceta, que establece:<br />
56