JUICIO DE INCONFORMIDAD - Tribunal Electoral del Poder ...
JUICIO DE INCONFORMIDAD - Tribunal Electoral del Poder ...
JUICIO DE INCONFORMIDAD - Tribunal Electoral del Poder ...
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
SG-JRC-523/2012<br />
En este contexto, por lo que hace a la publicación hecha<br />
en el “IMPARCIAL” además de lo argüido por el tribunal<br />
local, debe decirse que la misma no es contradictoria a<br />
norma alguna, pues basta con una simple lectura, para<br />
poder colegir que se trata de un posicionamiento hecho<br />
por el Partido Revolucionario Institucional a través de su<br />
presidente municipal, donde se pone de manifiesto el<br />
sentir de su partido, que se vive previo a la jornada.<br />
Esto es, la apreciación que en el documento se hace,<br />
debe analizarse desde el punto de vista en que se suscita<br />
(un partido político contrario al poder se encuentra<br />
temeroso de la intervención de un secretario estatal en la<br />
contienda), donde se expone el sentir a la máxima<br />
autoridad ejecutiva <strong>del</strong> estado y se plantea válidamente la<br />
preocupación por los actos que pudieran incidir<br />
negativamente a la jornada —de entre los que se infiere la<br />
posible participación <strong>del</strong> secretario en cuestión—.<br />
En otras palabras, no puede obviarse que el instituto<br />
político imputado, hace patente su interés en que se<br />
garantice la limpieza de la contienda y conmina a los que<br />
directa o indirectamente se involucran, a no corromper los<br />
escenarios con el ejercicio indebido de sus atribuciones,<br />
para así garantizar que los electores sufraguen libres de<br />
coacción.<br />
No obstruye en nada a lo dicho, la narración que hace el<br />
que suscribe la publicación, en el sentido de la represión<br />
“político-policiaca” que aduce se vive o el temor de que<br />
sucedan situaciones indeseables como las que señala, ya<br />
90