JUICIO DE INCONFORMIDAD - Tribunal Electoral del Poder ...
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SG-JRC-523/2012<br />
comunidad, deben tolerar la utilización de un lenguaje con<br />
expresiones más fuertes que el ciudadano común.<br />
De esa manera, sostiene la Sala Superior que, en materia política<br />
y electoral, se permite a los titulares de los derechos<br />
fundamentales de libertad de pensamiento, expresión e<br />
información: 1) Cuestionar e indagar sobre la capacidad e<br />
idoneidad de los gobiernos, gobernantes, autoridades e<br />
instituciones públicas, funcionarios públicos, partidos políticos,<br />
agrupaciones y asociaciones políticas, actores políticos y<br />
candidatos a cargos de elección popular, y 2) Discrepar y<br />
confrontar sus propuestas, ideas y opiniones, a fin de posibilitar<br />
una opinión pública informada, en la que la ciudadanía esté en<br />
condiciones de formarse un criterio respecto de la actuación y<br />
resultado de la gestión pública y tener mejores elementos para<br />
formarse un criterio en relación al cumplimiento de las ofertas y<br />
programas de gobierno que los llevaron al poder, como<br />
instrumento eficaz y real para que la sociedad esté en posibilidad<br />
de participar activamente en la toma de decisiones y en su<br />
momento, contar con un mayor número de elementos que le<br />
permita decidir libremente si en la renovación de los poderes<br />
públicos emitirán su voto a favor de los partidos políticos que<br />
postularon a los gobernantes que en un determinado momento<br />
ejercen el poder, o si por el contrario, preferirán elegir a otra<br />
opción política.<br />
En tal virtud, los gobernantes, actores políticos y autoridades<br />
están sujetos a la aceptación de una crítica severa, incómoda o<br />
desagradable, en un marco de apertura, pluralismo y tolerancia de<br />
ideas, opiniones y juicios.<br />
Ahora, para una mejor comprensión <strong>del</strong> caso bajo estudio, se<br />
estima pertinente transcribir el contenido de las documentales de<br />
referencia.<br />
1.- En el periódico "El imparcial" aparece:<br />
"Al Lic. Guillermo Padres Elias:<br />
Gobernador Constitucional <strong>del</strong> Estado de Sonora.<br />
Al Lic. Francisco Javier Zavala Segura:<br />
Presidente <strong>del</strong> Consejo Estatal <strong>Electoral</strong> <strong>del</strong> Estado de Sonora<br />
A toda la Ciudadanía en General <strong>del</strong> Estado de Sonora:<br />
A la Ciudadanía <strong>del</strong> Municipio de Puerto Peñasco:<br />
A la opinión Pública en General:<br />
Este próximo domingo 1 de Julio, todos los Mexicanos y los<br />
Sonorenses mayores de edad y con credencial de elector,<br />
acudiremos a las urnas para elegir nuestros representantes<br />
populares; por tal motivo, queremos denunciarle públicamente y<br />
hacer de su conocimiento que en el Municipio de Puerto Peñasco<br />
se vive un ambiente de tensión social, represión política-policiaca<br />
y una fuerte intervención de la estructura política-administrativa<br />
<strong>del</strong> Gobierno <strong>del</strong> Estado que usted encabeza, a través de su<br />
subalterno y Secretario de Seguridad Pública, Ernesto Munro<br />
Palacio.<br />
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