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Acta NoNúmero 43 del 3 de Junio de 2004: en desarrollo de la sesión se efectúan<br />

diversas acusaciones contra funcionarios del Gobierno por <strong>com</strong>pra de votos,<br />

presión sobre los parlamentarios, ofrecimientos irregulares etc., identificándose<br />

especialmente a dos Representantesrepresentantes <strong>com</strong>o objeto de interés por el<br />

Gobierno, fueron ellos los señores TEODOLINDO AVENDAÑO y YIDIS MEDINA.<br />

En esta misma acta se hace alusión a la presencia del Ministro del Interior y del<br />

Director del DAS en la sesión anterior.<br />

Se abre la sesión del 3 de Junio junio de 2004 siendo las 9:30 de la mañana, con<br />

el siguiente ORDEN DEL DIADÍA, I. Llamada a lista y verificación del quórum, II.<br />

Aprobación acta anterior número 42 de junio 2, III. Proyectos para primer debate<br />

para discusión y votación Proyecto de Acto Legislativo número 267 de 2004<br />

Cámara, 012 de 2004 Senado, por la cual se reforman algunos artículos de la<br />

Constitución Política y se dictan otras disposiciones.<br />

En esta sesión se votan las dos proposiciones, por el SISÍ y por el NO, iniciada la<br />

discusión del debate y en el curso de las intervenciones solicita la palabra el H.R.<br />

GERMAN NAVAS TALERO y manifiesta:<br />

Página 141 de 182<br />

Fallo de Única instancia Exp. 001-105507-04<br />

“Nunca he creído en la imparcialidad de las reelecciones,<br />

jamás, porque está de por medio el ego del interesado si él<br />

tiene el poder y no otra cosa hemos visto el mejor ejemplo fue<br />

con el referendo, el señor Presidente usó todos los medios de<br />

<strong>com</strong>unicación que quiso, salió en programas de opinión, en<br />

programas, en realitis, en todo, es decir abusó de ese poder;<br />

que no se irá a hacer si él va a ser el reelegido.<br />

…Hay otra cosa que los colombianos saben, que a los<br />

servidores públicos salvo a nosotros les está prohibido hacer<br />

política, no pueden intervenir aquí ante política y uno queda<br />

sorprendido cuando las decisiones de un voto político para<br />

reelegir a alguien se hacen en la casa de quien quiere que lo<br />

reelijan, si eso no es intervención en política, no sé que lo<br />

será señores…<br />

Pero hay algo más, les voy a leer dos apartes de dos<br />

sentencias del Consejo de Estado y les pido que escuchen<br />

unas grabaciones, dicen así: Según el Consejo de Estado, la<br />

Constitución y la ley al sancionar el conflicto de intereses, no<br />

exigen que el interés particular vaya en contravía del interés<br />

general, basta la coexistencia de intereses y que el interés

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