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cuotas moderadoras etc. acta No 36 de 2004 pag. 54, en esa sesión se dejó plasmada la<br />
necesidad de reunirse con él para explicarle sobre el particular definiendo la fecha de<br />
reunión para el 2 de junio de 2004, sin embargo, él llamo a TEODOLINDO el 1 de Junio<br />
de 2004 para que se adelantara la reunión por su posible ausencia al día siguiente y en<br />
esa fecha se llevó a cabo la reunión mencionada.<br />
Insiste en que su gestión de gobierno le obliga a mantener contacto con los Congresistas,<br />
sin embargo, con ninguno de ellos conversó respecto al proyecto de reelección.<br />
En su segunda versión libre, ataca el contenido de la entrevista publicada por NOTICIAS<br />
UNO, insistiendo en que nunca conversó con YIDIS MEDINA sobre su intención de voto, y<br />
en cuanto a la entrevista que ésta concediera a DANIEL CORONEL, el 8 de agosto de<br />
2004, efectúa su análisis para considerar que la ex congresista no lo involucra en sus<br />
actuaciones.<br />
De otro lado y frente a los testimonios del Dr. MORELLI SANTAELLA y CORREA<br />
MOSQUERA, se sustenta para decir que el segundo fue nombrado el 3 de junio de 2004 y<br />
que su nominador fue MORELLI SANTAELLA y no él <strong>com</strong>o quieren afirmar, además<br />
porque nunca se reunión con CORREA respecto a ninguno de los temas que se<br />
mencionan en la entrevista mencionada.<br />
Finalmente su presencia en el Congreso la justifica en las múltiples citaciones que recibió<br />
durante el año 2004, 99 en total, aportando constancia de la citación que cumplió el 2 de<br />
Junio de 2004 ante la Comisión Séptima de la Cámara, en donde permaneció hasta la<br />
1:45 p.m., niega haber estado en el Congreso el 3 y 4 de Junio de 2004, para demostrarlo<br />
adjunta copia del acta del grupo Interno de Trabajo en el que certifica la presencia del<br />
Ministro en esa reunión.<br />
Aunque el Ministro de Protección Social, es por ley, quien preside las Juntas de las ESE,<br />
esta función se encuentra totalmente delegada desde Junio de 2003. Concluye insistiendo<br />
en las contradicciones en que incurre la ex congresista durante las diligencias surtidas el<br />
28 y 30 de abril ante la Corte Suprema de Justicia respecto a su supuesta participación en<br />
la designación de CARLOS CORREA MOSQUERA.<br />
Los alegatos de conclusión radicados por la defensa, se perfilan en atacar a la ex<br />
congresista YIDIS MEDINA PADILLA, señalándola <strong>com</strong>o una persona mentalmente<br />
deficiente y pretende desvirtuar su dicho a través de la definición de contradicciones que<br />
cita.<br />
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Fallo de Única instancia Exp. 001-105507-04